El pasado mes de febrero, se abrió una investigación contra una asociación cannábica de Vigo por la comisión de un presunto delito de tráfico de drogas. En concreto por la supuesta venta y distribución de plantas de marihuana y hachís. Sin embargo, tras la práctica de varias diligencias y otras pruebas testificales, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Redondela archivó provisionalmente la causa contra esta agrupación de Vigo al "no aparecer debidamente justificada en las actuaciones la perpetración del delito".El magistrado se suscribió al informe emitido por el Ministerio Fiscal en el que consideraba, a tenor de las investigaciones realizadas, que concurren "los requisitos de autoconconsumo compartido de drogas exigidos por la jurisprudencia".

El fiscal había solicitado previamente este sobreseimiento de las actuaciones basándose además en la "falta de inicio racionales de criminalidad habida cuenta de la cantidad total de dinero, marihuana y hachís intervenido en el registro de la asociación en relación al número de socios". Es precisamente uno de ellos quien explica que siempre se ha cumplido la normativa de la asociación y solo han podido hacer uso de esta droga los miembros de la misma y siempre en el local pensado para ello. "A la asociación solo pueden acceder los socios o personas con invitación de socios, y siempre que sean consumidores previos, es decir, que no sea la propia asociación quien incitó al consumo. Además, su consumo en muchos casos es terapéutico, personas a las que otra medicación les produce contraindicaciones y la toma de esta droga, por infusión u otro medio le hace mucho bien, no elimina el dolor pero sí aumenta su calidad de vida", reconoce el joven.

Explica que en esta asociación viguesa cada socio cuanta con una cuota de consumo y cada uno "tiene que hacer buena práxis de ella, siempre con responsabilidad y, por supuesto, para consumo propio". En el propio informe de la Fiscalía se explica que de las actuaciones no ha quedado probado que se llevase a cabo en el recinto "cultivo de cánnabis" y apremia que se han cumplido "los requisitos previo de consumidor de cánnabis para ser socio, requisito que se recoge tanto en los estatutos como en el documento de solicitud de entrada en la asociación".

Otro de sus miembros señala los beneficio sociales de este tipo de asociaciones. "Es una lucha contra el mercado negro y evita que muchas personas fumen en la vía pública o en parques donde puede haber niños", argumentan.

De igual modo, si bien la juez no aprecia relevancia penal, sí solicita que las actuaciones sean derivadas a la Subdelegación del Gobierno por si pudieran conformar una infracción administrativa que podría convertirse en una sanción económica.

Eduardo Rodríguez | Abogado

"Si no la difunden a terceros debería de prosperar la impunidad de estos círculos"

"Cuando cogí el caso lo tenía claro: se trataba de una asocciación cannábica de libro: el cannabis no se está divulgando entre terceras personas. En el artículo 368 del Código Penal lo que castiga es la promoción de esta sustancia pero en este caso, se trata de un círculo cerrado de personas mayores de edad y consumidores previos, que la droga no salga del local; mientras se respete estos requisito, debería de prosperar la impunidad de este tipo de asociaciones", reconoce el abogado Eduardo Rodríguez, defensa de esta asociación viguesa.

Sin embargo estos requisitos jurisprudenciales antiguas podrían quedar en entredicho a raíz de las reiteradas sentencia del Tribunal Supremo desde el 2015 que podría volverse a retomar. "Ahora va a estar mucho más complicado defender su legalidad, antes mientras no superasen unos ciertos límites encuanto a cantidad se podían agrupar, pero luego se ha complicado. El Supremo pone en tela de juicio cualquier tipo de asociación de consumo de droga", lamenta este abogado extremeño.