Avanzada la madrugada de este pasado 24 de junio, el vigués José Luis Luna Pereira mataba supuestamente de un disparo en la playa de Arealonga de Chapela (Redondela) a Dani Beltrán tras recriminarle el joven que orinase en el arenal. Y, a modo de fatídica coincidencia, la fecha del 23 de junio, solo un día antes, es la que consta en una providencia de la Audiencia viguesa que ha sido notificada esta semana referente a una ejecutoria que se seguía en esta sección con respecto al presunto asesino por una antigua condena de tráfico de drogas . El tribunal le había suspendido en su día la entrada en prisión por esa causa condicionado, entre otras cuestiones, a que siguiese un tratamiento de desintoxicación de su adicción a las drogas y a que se sometiese a controles periódicos para certificar que estaba dejando ese consumo. Pero un reciente informe forense hizo saltar las alarmas y la sala dictaba esta pasada semana la resolución en la que emplaza a las partes a que emitan sus respectivos informes antes de decidir sobre la "posible revocación" del beneficio que se le había otorgado: el de la suspensión de su entrada en la cárcel.

El presunto asesino, en prisión provisional desde este mismo lunes por el crimen de la noche de San Juan, tiene un extenso historial de condenas que arranca en 1994. Asaltos, tenencia ilícita de armas, atentado a agentes de la autoridad... son algunos de los delitos por los que pasó largas temporadas en penitenciarios. La última sentencia -al menos de las que han trascendido- tiene fecha de 17 de diciembre de 2014 y fue dictada por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo. Se refiere a un proceso de tráfico de drogas en el que Luna Pereira se había sentado en el banquillo junto a su entonces novia y junto al histórico ponteareano Florencio Groba.

Para el caso concreto del vigués, la Fiscalía pedía inicialmente 4 años y medio de cárcel, pero rebajó su petición a 2 años -a lo que se adhirió la defensa- al contemplar una atenuante cualificada de drogadicción por estimar que al tiempo de los hechos el acusado presentaba un "consumo repetido" de heroína y cannabis. El tribunal vigués le impuso esa pena a las puertas de las navidades de 2014 y, pasado casi un año, cuando ese fallo adquirió firmeza, su defensa instó formalmente que se le suspendiese la ejecución de la pena, es decir, el ingreso en el penal -por esta causa había cumplido 10 meses de prisión provisional entre octubre de 2013 y agosto de 2014-.

Fue en enero de 2016 cuando el tribunal le concedió esa suspensión por un período de tres años condicionado a que no volviese a delinquir en ese período y a que no abandonase el tratamiento de deshabituación de las drogas hasta su finalización, remitiéndose asimismo un oficio a la sede viguesa del Imelga para que los forenses emitieran cada seis meses un informe sobre la evolución de esa terapia de desintoxicación.

Y ha sido el resultado de un informe forense lo que llevaba esta pasada semana -antes del crimen- a la sala a dictar una resolución de la que se acaba de dar traslado a las partes, para que emitiesen informes de cara a una posible revocación de la suspensión concedida al condenado. Todo apunta a que en ese documento médico se habría evidenciado un incumplimiento en el tratamiento de desintoxicación. De hecho, en su comparecencia este lunes ante la juez que lleva el caso del asesinato, declaró que en la actualidad es consumidor de alcohol y drogas.

Junto a esto, Luna acaba de incumplir otra de las condiciones por la que se le suspendió el ingreso en la cárcel por aquella pena de narcotráfico: la de no volver a delinquir. Lo hizo este fin de semana y, además, con el delito más grave de los que constan en su violento historial: el de asesinato. Usó un revólver modelo Magnum con el que también disparó a otro joven al que no alcanzó y que intentó usar contra los dos policías que pudieron arrestarle gracias a la colaboración ciudadana.