La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña condenó a cinco años de prisión a un vecino de Culleredo que intentó matar al novio de su madre en diciembre de 2013 golpeándolo con una herramienta en la cabeza. El sospechoso, que cuando sucedieron los hechos tenía 18 años, agredió al afectado con una llave metálica tras escucharlo discutir con su compañera sentimental. La mujer, tras recoger unos efectos de su domicilio, se disponía a abandonar el inmueble sin que la disputa con su novio hubiese finalizado, por lo que los gritos continuaron en el rellano del edificio.

En ese momento, cuando su madre y su compañero sentimental, que necesitaba unas muletas para caminar, se encontraban en el rellano, el procesado salió de su vivienda, situada enfrente de la de la pareja, con una llave metálica en la mano y, "sin mediar palabra", le propinó a la víctima un golpe a la altura del hombro. Tras la primera agresión, le dio un segundo golpe con la herramienta en la cabeza, esta vez "con intención de acabar con su vida", según indican los jueces en el fallo.

La víctima se cayó al suelo, pero los vecinos impidieron que el imputado continuase agrediéndolo. "El procesado reconoció en el juicio que tras la agresión lo habían sujetado ante el temor de que pudiera hacer algo más", señala el tribunal en la sentencia. Como consecuencia de los golpes, el hombre sufrió heridas graves, por lo que fue trasladado al complejo hospitalario Universitario, donde permaneció ingresado 16 días. En curar de las lesiones tardó 76 días, durante los que 30 estuvo incapacitado para realizar sus ocupaciones habituales. El juzgado que ejercía las funciones de guardia cuando sucedieron los hechos, el 16 de diciembre de 2013, decretó el ingreso en prisión del arrestado eludible bajo fianza de 6.000 euros. Un mes después acordó rebajarla a 2.000 euros. El 5 de febrero de 2014, después de prestar la fianza, fue puesto en libertad.

La Audiencia Provincial sentenció al sospechoso, tal y como demandaba el Ministerio público en su escrito de calificación, a la prohibición de acercarse y aproximarse a menos de 500 metros de la víctima, de su domicilio o lugar de trabajo durante cinco años, así como de comunicarse con ella por cualquier medio durante el mismo periodo. Además, lo condenó a indemnizar al perjudicado con 3.500 euros por los daños que le causó y al Sergas en la cantidad que acredite que le costó la asistencia sanitaria que le prestó al afectado. El procesado, que carece de antecedentes penales, fue castigado con cinco años de prisión por cometer un delito de homicidio en grado de tentativa.