El Juzgado de Instrucción 4 de Vigo dictó el 10 de junio de 2007, dos días después de la agresión con arma blanca, una orden recíproca de alejamiento durante la instrucción de la causa. Extremo que fue notificado a ambos pero que incumplieron, según el escrito de acusación del fiscal.

La procesada envió un total de 31 mensajes entre el 19 de junio y el 20 de noviembre de 2007 al procesado, con textos que decían entre otras cosas: "que asco das", "eres irresponsable, mentiroso, anormal", "eres un puto xapero".

El 3 de septiembre de aquel año, según el escrito de acusación, el hombre coincidió con su expareja en una discoteca de Tui. Al verla, se aproximó a ella "la agredió agarrándola del cuello y arrojándola contra una pared, sin que conste que recibiera asistencia médica por estos hechos".

Un nuevo encuentro se produjo el 28 de octubre de 2007. A media noche la mujer se encontraba en un local de la zona de Churruca en Vigo y su excompañero sentimental se aproximó a ella "la agredió propinándole un fuerte tirón de pelo, a consecuencia de lo cual T.N.O. resultó con lesiones consistentes en cervicalgia y contractura paravertebral", según el escrito de acusación del Ministerio Público. En esta ocasión la mujer tardó quince días en su curación.

En cuanto a la responsabilidad civil, el Ministerio Público considera que la procesada debe indemnizar a su expareja en 625 euros por las lesiones causadas y en 10.181 euros por las secuelas. En cuanto al acusado, solicita que indemnice a la mujer en 720 euros pro las lesiones y en 5.268 euros por las secuelas.