La titular del Juzgado de lo Penal 1 de Vigo ha absuelto a dos empresarios que se enfrentaban a penas que sumaban 19 años de prisión y multa de casi 9 millones de euros, a quienes la Fiscalía y la Agencia Tributaria acusaban de defraudar 8,2 millones de IVA a la Hacienda Pública en los ejercicios 2003, 2004 y 2005 mediante una trama de tipo carrusel (ventas y empresas ficticias). El fallo considera que no existía ni estructura intracomunitaria defraudatoria del IVA, ni venta de mercancías falsas (microprocesadores y material informático), ni empresas truchas, ni trama de transportes ni facturas falsas, sino "una instrucción deficitaria" y "una prueba insuficiente" en una clara crítica a como se llevó el caso en los juzgados hasta llegar a juicio. La juez declara de oficio las costas procesales, al no ver mala fe o temeridad en las acusaciones en contra de las defensas.

La sentencia llega diez años después de que se iniciara la investigación judicial sobre Manuel Ferreira, el empresario vigués pionero de la telefonía móvil en Galicia que en aquel momento contaba con más de 400 empleados a través de sus empresas Telenet Central Logística S:A:, Redphone Galicia S.L. y Redes y Cableados. El pasado mes de octubre compartió banquillo, como supuesto cabecilla de la organización de la trama carrusel, con José Pavón Urbano, a quien se implicaba como supuesto colaborador necesario. Ambos han sido absueltos.

Una vez que la resolución sea firme, hay cinco días para recurrir, la Agencia Tributaria tendrá que devolver a Manuel Ferreira unos 5,5 millones de euros que le retuvo en 2005 y 2006 por un IVA que él no podía repercutir ya que las ventas se hacían a clientes portugueses. Una situación que asfixió a sus empresas. Vodafon -con quien tenía 350 tiendas por toda España- no renovó el contrato y tuvo que despedir a casi 300 personas.

La magistrada considera probado que Telenet, Redphone Galicia y Redes y Cableados declararon por sus operaciones intracomunitarias de compraventa de material informático en concepto de IVA y "no consta que estas declaraciones sean mendaces y no se correspondan con operaciones intracomunitarias reales con clientes portugueses". Tampoco consta, según la juez, "que Manuel Ferreira o José Pavón estuvieran implicados en una trama defraudatoria de IVA" .

La magistrada tiene en cuenta el cambio de criterio del fiscal al modificar sus conclusiones de acusación tras el juicio, pues admitió el movimiento real de mercancía que inicialmente negaba, así como la existencia del producto y las operaciones de compraventa. La juez sostiene que al no existir el negocio jurídico que servía de base a la acusación, no cabe condena.

Recuerda que la documentación de indicios de la inspección Tributaria "en el ámbito penal no tiene un valor de certeza" y que las defensas han aportado prueba de descargo con "profusas documentación, recogida en la detenida y detallada pericial contable, ratificada, contradicha y defendida en el plenario, además de numerosos, persistentes y coincidentes testimonios". Resalta la magistrada la instrucción "deficitaria" del Juzgado de Instrucción 4 de Vigo al no haber practicado diversas pruebas acordadas , además de no haberse averiguado ni citado o imputado a las empresas a quienes supuestamente vendían el material, ni aportar "mínima documental al efecto".

La titular de Penal 1 concluye que "no han acreditado por tanto las acusaciones la existencia de la trama en la que fundamentan su calificación ..., no habiendo probado tampoco que las transmisiones que se han documentado mediante facturas, transferencias, facturas de transporte etc. no obedecieran a la realidad".