Siete años de prisión para el vigués que arrojó y clavó un cuchillo a un examigo
Ismael A.G. deberá indemnizar con 129.000 euros a la víctima, que estuvo muy grave - La sala concluye que tiró el arma "en disposición de causar daño letal"

El condenado, en la vista. // J.S.
M. FONTÁN | VIGO
Siete años de cárcel como autor de un delito de homicidio en grado de tentativa. Es la condena impuesta por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, a Ismael A.G., el joven que arrojó un cuchillo de caza desde la ventana de un segundo piso a un examigo, causándole graves lesiones al clavárselo en el cuello y seccionarle una arteria. La víctima, que según el informe forense estaba en shock hipovolémico cuando ingresó en el centro hospitalario y que "podría haber fallecido de no haber recibido tratamiento", padece secuelas, entre ellas que necesita de un bastón para caminar. Además de la pena de prisión, el condenado no podrá aproximarse al perjudicado ni comunicarse con él durante un período de 10 años y deberá indemnizarlo con más de 129.000 euros.
Los hechos ocurrieron la tarde del 8 de noviembre de 2012 en la calle Baixada a Salgueira. Ismael A.G., que estaba en la ventana del piso del que lo acababa de echar su novia, llevaba varias semanas enemistado con el herido precisamente porque éste la había contado a la chica que trapicheaba con hachís, por lo que lo responsabilizaba en parte del deterioro de su relación sentimental.
Según ve probado el tribunal, el acusado, al ver al perjudicado en la calle, discutió con él desde la ventana y tras arrojarle varios objetos, como un teléfono y el soporte con los cables, procedió "con ánimo de acabar con su vida" a lanzarle un cuchillo tipo navaja de caza de 10 centímetros de hoja que le dio en la zona del cuello. Mientras esto ocurría, y tras recriminarle que le había "arruinado la vida", Ismael también profirió amenazas. "Te voy a dar plomo", "te voy a ir por detrás y te voy a dar cuatro tiros", le gritó al tiempo que hacía "gestos de disparar", agrega el fallo. Las amenazas de muerte hacia su antiguo amigo volvió a proferirlas ante los policías nacionales que lo detuvieron.
La sentencia coincide con la petición que formuló el fiscal y rechaza la tesis que planteó la defensa, que solicitaba que la pena se rebajase a tres meses de cárcel al considerar que los hechos no constituían un intento de homicidio, sino un delito de lesiones por imprudencia grave al alegar que su cliente no pretendía matar a la víctima y que ni siquiera era consciente de que lanzaba un arma.
Pero la Sección Quinta discrepa con los argumentos del letrado de Ismael, señalando que "no tiene ninguna duda" de que la intención del acusado era "matar" a su examigo. Y ello por una serie de circunstancias, como la mala relación entre ambos; las frases amenazantes que profirió de forma reiterada el condenado; el arma empleada, "que se lanzó directamente a alcanzar a la víctima"; o la situación en la que estaba el perjudicado, bajo la ventana, sin protección y a una distancia de entre cinco y diez metros de la ventana donde estaba el acusado. El tribunal también incide en la "intensidad" con la que se arrojó el cuchillo, que quedó clavado en el cuello del herido, y la forma en que se lanzó este arma, en disposición "de causar daño letal".
La sala viguesa rechaza asimismo las atenuantes que planteó la defensa, entre ellas la de intoxicación etílica o la de obrar bajo estado pasional. La sentencia notificada esta semana no es firme y contra la misma cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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