El Juzgado de lo Penal Número 1 de Vigo acogió este martes un juicio contra P.I.C., dueño de una grow shop (Nigrán) al acusarle la Fiscalía de un presunto delito de tráfico de drogas por vender supuestamente hachís y marihuana en el local.

Frente a los argumentos del fiscal, la defensa solicitó la libre absolución alegando autoconsumo y diciendo también que gran parte de las sustancias incautadas no tenían aún el principio activo.

La intervención de la Guardia Civil se produjo el 20 de abril de 2012. Iban a inspeccionar la tienda y habían recibido información de que en el establecimiento también se vendía marihuana. En el registro, los efectivos encontraron 31 esquejes de plantas en un armario al lado del mostrador, lámparas térmicas y un ventilador, así como bolas de marihuana y bellotas de hachís en otro mueble, más sustancias y una báscula de precisión y dos cuchillos con rastros de hachís.

El acusado alegó que es consumidor desde hace 20 años y señaló sobre los esquejes hallados que los regalo a los clientes cuando realizan grandes compras. Respecto a los restos de hojas encontradas, explicó que las utiliza para hacer postres y también con fines ornamentales.

Otro vecino de Baiona, a juicio

Por otro lado, en el Juzgado de lo Penal Número 2 de Vigo se sentó en el banquillo un vecino de Baiona que se enfrenta a dos años de cárcel acusado de venta de marihuana.

Alegó también que las sustancias incautadas (11 plantas con un peso de 4,7 kilos) eran para autoconsumo, para aliviar el dolor provocado por una minusvalía , así como para mejorar su insomnio.

La defensa aportó como prueba un informe de su médico de cabecera que acredita que es consumidor de cannabis y que lo hace desde hace años como tratamiento para la patología que sufre (una patología ostearticular crónica). Esta dolencia le provocaría limitación funcional de extremidades, columna y de la mano izquierda, y le ha sido reconocida minusvalía del 49%.

La Fiscalía mantiene la petición de prisión y una multa de 22.533 euros al considerar poco creíble que la cantidad incautada sea exclusivamente para consumo propio.