La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a 43 años y 7 meses de cárcel a Javier Estrada, el joven que asesinó en agosto de 2011 a los mellizos de 10 años de edad hijos de su novia. La madre de los niños, Mar Longueira, ha sido sentenciada a 12 años y 9 meses de prisión por maltratar a sus hijos y ser cómplice de los golpes que les daba su pareja.

La autoría de los hechos fue reconocida por el procesado, que llamó a la Policía Local para entregarse tras el crimen. Su defensa pidió que lo sentenciasen por dos homicidios en lugar de asesinatos. La Sección Segunda, sin embargo, arguye que aprecia alevosía -una de las agravantes necesarias para la tipificación de asesinato- porque los menores carecieron de posibilidad de defensa al ser golpeados "brutalmente" con baldas de estanterías y la parte metálica del sillín de una bici. Los magistrados, además, tuvieron en cuenta la agravante de parentesco y la atenuante de confesión, por lo que le impusieron 18 años por cada asesinato.

El procesado, de 30 años, también fue castigado por maltratar de forma habitual a los pequeños, al igual que Mar Longueira, de 39. Asimismo, la madre de los mellizos, que se fue a vivir con Estrada en septiembre de 2010, quince días después de conocerlo a través de una agencia matrimonial, fue penada por dos delitos de homicidio imprudente porque, según la sala, incumplió su deber de proteger a sus hijos.

"Conocía la conducta violenta de Javier con respecto a los niños, que los maltrataba de manera reiterada y, además, había sido advertida por múltiples personas al respecto. Aún así, los dejó al cuidado de Javier mientras se marchaba a trabajar, al igual que lo había hecho en otras ocasiones", relata el tribunal en la sentencia, en la que recalca que los menores ya vivían en un "continuo estado de temor e intranquilidad" antes de que su madre conociese a Estrada.

La convivencia de Longueira con los gemelos, uno de los cuales tenía retraso mental y de aprendizaje, por lo que se le reconoció una minusvalía del 52%, fue "difícil desde su inicio", según los jueces, que destacan que se traducía "en una conducta de la procesada en ocasiones pasiva y de dejación; y, en otras, fuertemente agresiva hacia ellos, ejerciéndose esta última con cotidianidad". Los magistrados basan sus conclusiones en las declaraciones de la vecina del piso superior, quien aseguró en la vista escuchar llorar a los niños con frecuencia y haber presenciado cómo la madre propinó empujones, una patada y una bofetada a uno de sus hijos.

"El comportamiento agresivo que venía desarrollando sistemáticamente sobre ambos menores continuó sin interrupción hasta que se exacerbó por la presencia de Estrada, quien tensionó todavía más el ambiente familiar por su falta de aceptación de los niños", manifiesta el tribunal. Además, subraya que Longueira presenció "multitud de actos violentos" de su novio sobre los gemelos. "Todas las acciones contra los dos niños que llevó a cabo Estrada durante el período de su convivencia con Mar fueron contempladas, conocidas y aceptadas por la procesada, quien no solo no impidió tal actuación, si no que reforzó con su propio comportamiento, que se producía en términos generales", recalca la Audiencia.

Niñeras

La sala expone que los malos tratos físicos y psíquicos a los menores fueron corroborados por las dos mujeres que en ocasiones ejercieron de sus niñeras. La sentencia destaca también las declaraciones de una trabajadora social del Ayuntamiento y de una psicóloga, que insistieron en que advirtieron a la condenada de que no dejase a Estrada al cuidado de los pequeños.

Sobre los informes psicológicos, los magistrados dan por bueno que el imputado presenta "capacidad intelectual límite" y trastorno de la personalidad, pero concluyen que puede controlar sus actos y es consciente de ellos.