Otro crimen que, por el momento, no podrá ser resuelto. El titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Vigo ha acordado el sobreseimiento provisional del caso del asesinato de la azafata viguesa María Elena Calzadilla en su chalé de Porto do Son el 6 de diciembre de 2005. En un auto en el que no se descarta la reapertura de esta causa si aparecen nuevas pruebas, el magistrado retira las imputaciones contra los dos sospechosos, el marido de la víctima y un amigo de éste, al no haber pruebas concluyentes. Con respecto al esposo, se señala que pese a que éste podría haber tenido un móvil –los problemas matrimoniales existentes en la pareja–, esto no llega "para suponerlo cometiendo un crimen que sugiere un plan preconcebido y una elaboración relativamente compleja, de la que, sin embargo, sólo fueron evidenciados determinados indicios que, tal y como indica el ministerio fiscal, no serían de lectura inequívocamente incriminatoria".

Más de tres años y medio después de este crimen –y tras una compleja e intensa instrucción judicial–, el caso ha sido archivado, tal y como ocurrió con otro que aún sigue siendo un misterio: el de la viguesa de 37 años desaparecida en abril de 2008 en la A-52 y sobre el que también se dictó el sobreseimiento provisional al no aparecer el supuesto cadáver ni existir evidencias sólidas contra el esposo, que estuvo imputado en la causa.

Sobre el asesinato de María Elena Calzadilla, en el auto se descarta tajantemente que su muerte fuese accidental y se desecha la hipótesis del robo, ya que no se echó en falta ningún objeto de la vivienda de veraneo de Porto do Son –a la que la mujer había ido desde Vigo para recoger ropa para un viaje– ni fue posible concluir "que hubiese sido forzada puerta o ventana alguna para acceder a la casa".

Esta circunstancia fue una de las que derivaron las sospechas hacia el marido de María Elena Calzadilla, Ernesto M., de quien en el auto se señala "que no resulta discutible que su participación en el crimen, de haberse producido, nunca fue directa, sino más bien de tipo intelectual". Es decir, siempre se manejó la hipótesis del asesinato por encargo. Otros de los factores que llevaron a la imputación de este hombre fueron los graves problemas matrimoniales de la pareja –que se reflejan en el auto–, "ciertas incoherencias" en sus primeras explicaciones a los investigadores y por las propias circunstancias que rodearon la comisión del crimen, "a la vista de que precisamente [el marido] era el único o prácticamente la única persona que sabía que su mujer se iba a desplazar hasta Porto do Son aquel mismo día".

La hipótesis del crimen por encargo obliga a la intervención de un sicario. Al respecto, el juez reconoce que no hay constancia de que el marido realizase llamada telefónica alguna, ni del modo en que se pudo poner en contacto con el presunto sicario ni tampoco "del previsible pago de alguna cantidad para la comisión del crimen". En todo caso, señala que existió "carencia probatoria", ya que, por ejemplo, no se pudo comprobar el flujo de llamadas con una segunda tarjeta telefónica que el marido reconoció que tenía mucho tiempo después del crimen. El juez concluye, en todo caso, que los indicios no son suficientes para una "imputación" fundada y sobresee provisionalmente la causa.