Tres años y medio de cárcel. Ésta es la petición que realiza el fiscal para un empresario arousano por la muerte de un trabajador que fue alcanzado por una piedra de grandes dimensiones durante las obras de construcción de una vivienda en Vilagarcía en agosto de 2006. La acusación pública considera que el acusado era consciente de que sus empleados trabajaban en “condiciones inseguras” y que la no adopción de las medidas preventivas desembocó en el “fatal desenlace”.

Los trágicos hechos ocurrieron a las seis de la tarde del 18 de agosto de 2006. El fallecido, que dejó viuda y tres hijos, realizaba servicios de albañilería y mampostería para la empresa del acusado. Aquella tarde, en compañía de otro obrero, estaba colocando piedras en la fachada de una vivienda que se estaba construyendo entonces en la zona vilagarciana de Santa María de Guillán.

Los operarios trabajaban con dos planchas metálicas apoyadas sobre un andamio de casi cuatro metros de altura. Una grúa les ayudaba a subir las piedras a la plataforma, según relata el fiscal, que concreta que el peso de cada una de ellas era de unos sesenta kilos. Cuando los trabajadores estaban subidos en la plataforma y procedían a colocar la última hilera de piedras, una se les vino encima, sin que pudieran contenerla. La presión provocó que el andamio se desequilibrase y se desplomase: los dos trabajadores cayeron y la piedra impactó en la cabeza de la víctima, lo que le causó un traumatismo craneoencefálico mortal.

Causas

La Fiscalía enumera en su escrito de calificación las causas que llevaron al trágico desenlace: entre ellas cita la falta de espacio en la plataforma de trabajo para realizar esa labor, el hecho de que el andamio estuviese montado sobre “un suelo irregular” lleno “de escombros y desniveles” y la “falta de supervisión” en el montaje del mismo. De todo ello responsabiliza al jefe de la empresa para la que trabajaba el operario muerto. “Estas circunstancias eran conocidas por el acusado que, a pesar de ello, hizo que sus trabajadores desempeñaran su actividad en condiciones inseguras, con inobservancia de las medidas preventivas correspondientes y con grosero desprecio para la vida e integridad física de los mismos, lo que desembocó en el fatal desenlace”, afirma.

Por todos estos motivos, el ministerio público considera al imputado responsable de un delito contra el derecho de los trabajadores (por el que pide un años y seis meses de prisión, inhabilitación para el desarrollo de la actividad empresarial durante el tiempo de la condena y una multa de 8.100 euros) y de otro de homicidio imprudente (en este caso solicita un castigo de dos años de cárcel). En concepto de responsabilidad civil, no hay demanda, ya que la madre, la esposa y los tres hijos del fallecido ya han sido indemnizados. Los hechos se dirimirán ahora en un juicio.