José Antonio Cabadas Gonçalves y Felisa Bienzobas Bonilla, los padres del niño de dos años que murió de hambre en Ponteareas el 24 de septiembre de 2006, dejaron de proporcionar alimento a sus hijos entre dos y tres meses antes de esta fecha hasta que el menor falleció por desnutrición. Su hermana, entonces de 3 años, estaba en una situación similar y sólo la atención prestada por los médicos impidió su fallecimiento. Así lo establece la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que acaba de condenarlos a penas que suman 38 años de cárcel por dos delitos de homicidio, uno en grado de tentativa.

El Tribunal sostiene que ambos acusados eran conscientes de que la grave situación que atravesaban sus hijos los ponía a las puertas de la muerte, pero aún así, "con total desprecio" hacia la vida de ambos, omitieron cualquier tipo de actuación que impidiera el trágico desenlace. El fallo es especialmente contundente con el padre, condenado a 21 años de prisión (13 por el homicidio consumado y 8 por la tentativa). Por su parte, Felisa Bienzobas deberá cumplir 17 años (11 por el fallecimiento de su hijo y 6 por la tentativa de homicidio de su hija) al apreciarse como atenuante el retraso mental leve que le fue detectado.

Asegura el fallo que aunque el procesado pasaba largas temporadas fuera del hogar por su trabajo, conocía "perfectamente" la grave situación en la que se encontraban sus hijos. Era consciente también de que era él la única persona que llevaba comida y dinero a casa y que, por lo tanto, no pudo ignorar que su familia carecía de alimentos.

La defensa del acusado se escudaba en el hecho de que él se encontraba trabajando en la recogida de la patata en Ourense cuando se produjo la muerte del niño y que por lo tanto desconocía su estado, pero dice la sentencia que los síntomas de la desnutrición serían igual de evidentes una semana antes de su muerte, momento en el que el Tribunal sitúa la última visita de Antonio Cabadas al domicilio familiar de Ponteareas. El niño presentaba, como su hermana, atrofia muscular que le impedía moverse, hundimiento de los globos oculares y otros síntomas de una "gravísima" desnutrición.

Por lo tanto, la Audiencia habla de "un absoluto desprecio del acusado por la vida" de sus hijos y muestra su "extrema repulsa de su conducta", por lo que le impone penas próximas al máximo establecido para ambos delitos. Asimismo, señala "la crueldad de la actuación del acusado", que le hace "merecedor del máximo reproche penal".

Retraso mental

En cuanto a Felisa Bienzobas, de 25 años, además de la atenuante por retraso mental leve, el Tribunal considera que, aún teniendo en cuenta "la indignidad de los hechos", la acusada "no contaba con todos los recursos" para hacer frente a la grave situación que atravesaban sus hijos. Por este motivo, le rebaja un grado la pena. No obstante, decide condenarla al considerar que no es suficiente el hecho de que no tuviese dinero para proporcionar alimentos a sus hijos, ya que pudo solicitar ayuda a terceros y no lo hizo. Es más, llegó incluso a ocultar el grave estado en el que se hallaban los pequeños cuando hablaba a través de su teléfono móvil casi a diario con su familia en Navarra.

Tampoco manifestó nada a la responsable del Centro de Información á Muller de Ponteareas cuando le pidió información sobre un abogado de oficio días antes de la muerte del niño, ni a los familiares de su marido que acudieron al domicilio a interesarse por su situación y a los que no abrió la puerta. También rechaza el Tribunal la supuesta situación de dominio que ejercía el marido sobre la mujer y que supuestamente le impedía tomar decisiones. Según el fallo, Felisa mantenía su capacidad para tener cierta iniciativa, como queda demostrado por la declaración de los forenses, además del hecho de que saliera a buscar comida por las noches a contenedores de basura y huertas.

La sentencia retira a ambos la patria potestad sobre su otra hija, les prohíbe acercarse y comunicarse con ella durante el plazo de diez años y les obliga a indemnizarla con 18.000 euros por la muerte de su hermano y con 50.000 más por los daños físicos, secuelas y daños morales. La pequeña está en régimen de acogimiento con su familia materna en Navarra. La sala destaca que la niña podría sufrir un retraso intelectual debido a la "nutrición inadecuada" que sufrió.