Ricardo José no ha sido el único condenado. El juez impone también una pena de un año y nueve meses de prisión a su compañera sentimental al ser responsable "en comisión por omisión": pese a conocer las agresiones, mantuvo "una actitud pasiva" y "silenció" los hechos de los que era víctima el hijo de su pareja.

El magistrado la condena por maltrato habitual y abandono de menores, mientras que la absuelve de los delitos de lesiones y maltrato en el ámbito familiar de los que la acusaba el fiscal. Además de la prisión, le impone una multa de 900 euros, se le prohíbe acercarse al menor durante tres años y medio, se le priva de su guardia o acogimiento durante tres años y, finalmente, se le impide también la tenencia de armas.

El juez señala que Caterina, desde los primeros días de convivencia, "detectó las constantes represalias y castigos que su padre le infringía [al menor]". En la resolución afirma que con su actitud pasiva y al no denunciar, puso al menor en una situación de "constante riesgo". Añade que lo discriminó de los "cuidados, atenciones e higiene" que sí ofrecía a sus hijos.

La mujer dijo en el juicio que no denunció por miedo a represalias. Una explicación que, según el juez, choca con su profesión de vigilante de seguridad. A su juicio, es "palmaria" su responsabilidad por no denunciar. La sentencia no es firme.