Treinta y dos años de cárcel. Ésta es la condena impuesta por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra al autor del crimen de María del Carmen Casal en septiembre de 2004 en la parroquia viguesa de Candeán. El tribunal considera a Juan Carlos Lago Encisa, de 41 años, autor de los delitos de asesinato, agresión sexual y robo con violencia y rechaza las eximentes y atenuantes de alteración psíquica, intoxicación alcohólica y dilaciones indebidas que había planteado la defensa para solicitar su libre absolución y su ingreso en un psiquiátrico. La resolución destaca la "perversidad" con la que actuó el acusado.

Fue una decisión rápida. La sentencia fue notificada sólo cinco días después de que concluyese el juicio y en la misma se condena a Juan Carlos Lago a 32 años de cárcel por los delitos de asesinato con alevosía (20 años), agresión sexual (7) y robo con violencia (5). Una pena que es sólo tres años inferior a la que solicitaba el fiscal y que supone 13 años menos que la que pedía la acusación particular. Además de la prisión, debe indemnizar con 390.000 euros a los familiares de la víctima -150.000 euros para cada uno de los dos hijos, 40.000 para el padre, 30.000 para la hermana y 20.000 para su compañero- y se le prohíbe acercarse o comunicarse con todos estos allegados durante 40 años.

Hechos probados

Los hechos ocurrieron a las nueve de la mañana del 2 de septiembre de 2004. Carmen Casal, que vivía con sus padres y sus dos hijos de 18 y 19 años, era empleada de hogar y caminaba hacia su trabajo por un camino forestal de Candeán cuando fue abordada por el condenado. La sentencia considera probado que Juan Carlos, para robarle, la exigió que le diese todo lo que tenía de valor. Ella se negó, por lo que, prosigue el fallo, él la empujó. Tras intimidarla con un "objeto cortante y punzante" y "rodearle el cuello con una cuerda", logró que se adentrase en el monte, donde le arrancó el bolso, así como una cadena y una medalla.

A continuación, siempre según la resolución, la agredió sexualmente. Para ello, la obligó a desnudarse y le desgarró la camiseta. Así, "le realizó tocamientos con la mano en la zona púbica" y le causó heridas en una mama con el "objeto punzante" con el que la seguía amenazando. Después le permitió que se vistiera el mandilón, "para acto seguido abalanzarse sobre ella de forma sorpresiva y por la espalda" con la intención de matarla.

Carmen murió asfixiada, ya que la estranguló con las manos y le metió la manga de una chaqueta en la boca. Tras esto, pensando que aún no había fallecido, Juan Carlos le introdujo una bolsa en la cabeza y la golpeó con una piedra de grandes dimensiones. La sentencia señala que, tras las sucesivas agresiones, ocultó su cuerpo bajo unos helechos.

El fallo hace hincapié en la crueldad del condenado. "La perversidad mostrada por el acusado arrancando a la víctima de su camino al trabajo para robarla, agredirla sexualmente y terminar por asesinarla se evidencia no sólo por la propia entidad de cada uno de tales hechos, sino además porque la ausencia de marcas o signos de defensa en el cuerpo de la víctima indica que la violencia física y psíquica que hubo de ejercer fue de tal magnitud que logró su sumisión, lo que atacaba a la esencia misma del ser humano".

Tras conocer la resolución, el fiscal, David Canoa, mostró su satisfacción y destacó que, con la excepción del ensañamiento, recoge todos los argumentos que él expuso en el juicio. La defensa mostró su disconformidad con el fallo y anunció que lo recurrirá.