Tres años de prisión. Esta en la pena impuesta por la Audiencia de Pontevedra a un vecino de dicha ciudad que intentó violar a una viguesa durante una entrevista laboral. José Fernando Carballeda Parada, vecino de Pontevedra y de 59 años de edad, ha sido condenado como autor de un delito de agresión sexual por violación en grado de tentativa y, además, deberá indemnizar a la víctima con 3.000 euros en concepto de daño moral. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso en el plazo de cinco días.

Esta es la segunda condena para el acusado por hechos similares, pues en abril de 1999 se le impuso un año de cárcel como autor de un delito de abusos sexuales, si bien dado el tiempo transcurrido el antecedente resultó cancelable a efectos de esta nueva pena.

El tribunal de la Audiencia de Pontevedra considera probado que Fernando Carballeda, en abril de 2007 contactó con la víctima, de nacionalidad nicaragüense, con la excusa de ofrecerle un puesto de trabajo cuidando a su madre.

La mujer había puesto un anuncio en prensa ofreciéndose para cuidar niños o ancianos. Él concertó una cita con ella, que se desplazó desde Vigo. El acusado salió a recibirla a la estación de autobuses y la llevó a un piso en la calle Loureiro Crespo, donde debería cuidar de su madre. Tras hablar de las condiciones de trabajo, concertaron una nueva entrevista otro día, momento en que empezaría a desempeñar su trabajo como interna de una persona mayor.

La nueva entrevista se materializó el 19 de abril de 2007. La víctima llegó a la estación de autobuses de Pontevedra con una amiga. El acusado acudió a recibirla y la trasladó al piso de Loureiro Crespo donde le ofreció un sueldo de 700 euros como cuidadora de su madre, al que sumaría 200 euros más si aceptaba mantener relaciones sexuales con él.

La víctima rechazó esta propuesta rotundamente y el acusado le pidió el pasaporte con la excusa de que necesitaba una copia para tramitar el contrato. Salió de la habitación y regresó completamente desnudo y masturbándose, para lanzarse sobre la víctima, desabrochándole la blusa y tocándole los pechos y la zona genital, explica el fallo.

Añade la sentencia que fue la firme voluntad de la víctima, que amenazó con tirarse por la ventana si no la dejaba abandonar el piso en el que la había encerrado y que se movía escapando de él por toda la habituación, lo que impidió que el acusado llevase adelante su intención de mantener relaciones sexuales.

En ese momento el hombre cesó en su acción y le dijo que iba a vestirse. Dada su tardanza y con el único deseo de salir del piso en el que se hallaba, la mujer se acercó a la habitación para pedirle su pasaporte, y se lo encontró masturbándose con el mismo, según e indica en los fundamentos de derecho del fallo.

José Fernando Carballeda, finalmente se vistió y trasladó a la víctima hasta la estación de autobuses, lugar al que ella llegó llorando, alterada y muy nerviosa, según recoge la sentencia judicial en los hechos probados.

El tribunal considera concluyente para fijar la condena, único elemento probatorio, el testimonio de la víctima. Destaca la verosimilitud del relato y la persistencia en la incriminación a lo largo del procedimiento "sin ambigüedades, incertidumbres ni contradicciones relevantes", así como del testimonio de su amiga y del temor que tenía al ir a interponer la denuncia ante la Policía Nacional de si podría acarrearle algún problema al ser una extranjera.