Penas que suman 109 años de prisión y multas por importe de 525 millones de euros. Esta es la condena impuesta por la Audiencia Nacional a los 16 procesados por el alijo de casi 1.000 kilos de cocaína que transportaba el palangrero vigués Nuevo Salmón, abordado en aguas del Atlántico en una operación del grupo de la EDOA de la Guardia Civil gallega en marzo de 2006. La cantidad de droga podría ser mayor, si bien la tripulación consiguió tirar fardos al mar

Las penas más elevadas recaen en el armador moañés Javier Hermelo -el único de los procesados detenido en tierra y que se libró de ir a prisión con una fianza- y su socio Alberto Martínez González, de Cangas.

Se les considera responsables de una organización jerarquizada, con estructura establecida y empleo de medios de comunicación no habituales, por lo que les imponen 16 años de prisión y multa de 70 millones de euros a cada uno. El fallo judicial les prohíbe realizar en el futuro, durante un plazo de cinco años, actividades, operaciones mercantiles o negocios relacionados con el sector pesquero. El patrón, Luis Gil Pousada, también natural de Cangas, recibe 13 años y seis meses de condena y multa de 50 millones de euros.

Los tripulantes gallegos del palangrero José Manuel Pardial Tarrio y Manuel Álvarez Paredes, junto con los sudamericanos Juan Carlos Rojas Barrera y Julio César Gamarra Macarino, son condenados a 10 años de prisión y multa de 40 millones. La pena de cárcel se fija en 4 años y medio para el resto de los marineros, todos caboverdianos menos uno ucraniano, con multa de 25 millones cada uno.

Todos los marineros reciben pena de prisión, si bien en el caso del ucraniano será sustituida por la expulsión del territorio nacional con la prohibición de regresar a España en un plazo de 10 años.

El fallo decreta también la nulidad de la escritura notarial otorgada con fecha 9 de enero de 2006 ante un notario de Vigo en virtud de la cual el armador Javier Hermelo Olivera transmitió a su hermano Manuel su participación en la entidad "Numiansa S.L." y de su domicilio social, así como la disolución de dicha sociedad.

Sociedad pantalla

La sala considera probado que Hermelo regentaba un grupo de empresas del sector pesquero con sus familiares más allegados y constituyó con Alberto Martínez González la mercantil "Numiansa SL", con idéntico domicilio social que las del grupo familiar "carente de actividad mercantil acreditada y que fue dotada de legalidad con el único propósito de proporcionar una aparente cobertura legal para la adquisición del Nuevo Salmón -sobre el que pesaba un embargo- con la única finalidad de adquirir la nave y emplearla para ocultar y transportar una notoria cantidad de sustancia estupefaciente".

La sentencia sostiene que Hermelo participó directamente en las labores de pertrechamiento del buque y reclutando a la tripulación que partiría del puerto de Bouzas, con quienes fijó el pago de los contratos.

En cuanto a la situación de amedrentamiento e intimidación que manifestaron exeprimentar los tripulantes tras el trasvase de los fardos en alta mar desde otro buque nodriza, el tribunal sostiene que no ha quedado acreditado porque "todos conocían la finalidad del transporte cuando partieron del puerto de Vigo, como reconoció Alberto González, quien además les prometió una suma de dinero extra".

De otro, la pretensión de uno de los tripulantes, que exhibió en su defensa haber realizado fotos con su móvil al barco nodriza y a los barcos estibados, corrobora para el tribunal su participación en la operación.

La sala ordena destrucción de la droga incautada en su día y el comiso de los teléfonos móviles y un vehículo de Hermelo.