Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

¿Están obligados los bares a cobrar con tarjeta?: Esto es lo que dice la ley en Galicia y cómo pueden actuar los clientes

Son cada vez más las personas que acuden a bares y restaurantes sin efectivo, algo que choca frontalmente con las reclamaciones de los hosteleros que prefieren los pagos en efectivo para evitar las comisiones de mantener un TPV

Cada vez más hosteleros critican las comisiones por mantener un datáfono y prescinden de este método de pago.

Cada vez más hosteleros critican las comisiones por mantener un datáfono y prescinden de este método de pago. / Jordi Otix / EPC

¿Ya nos sigues?Márcanos como medio preferente
Añádenos en Google

En las últimas semanas algunos hosteleros han reabierto un debate que parece repetirse cada año: ¿Pueden los bares y restaurantes obligarte a pagar en efectivo? Esta pregunta se plantea en un momento en el que cada vez más personas prescinden del efectivo para sus actividades diarias.

Esta situación ya se refleja en muchas situaciones, como el descenso de las propinas o que cada vez sean más los locales de restauración que se quejan de las comisiones que suponen mantener un TPV.

Por su parte, los clientes que prefieren pagar con tarjeta también critican abiertamente a los bares que muestran tantas reticencias hacia el datáfono, relacionando en algunos casos la ausencia de este método con la intención de no declarar parte de los ingresos. Algo que se puede ver en las respuestas a esta publicación.

¿Están obligados los bares a cobrarte con tarjeta?

La respuesta es sencilla. No, los establecimientos no están obligados a cobrar con tarjeta. Hoy por hoy, la ley española no obliga a los negocios de hostelería a disponer de un terminal para cobrar con tarjeta; por lo que un bar puede decidir aceptar únicamente efectivo.

Con todo, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que los comercios deben proporcionar formas de pago accesibles para sus clientes, lo que significa que no se puede excluir siempre la opción de pago electrónico. Asimismo, cuando se trata de operaciones que superan los 1.000 euros, es obligatorio utilizar medios de pago digitales, principalmente para asegurar el cumplimiento de las normativas contra el fraude.

También cabe destacar que, de tener disponible el método de pago con tarjeta, no existe un importe mínimo para pagar con tarjeta. Lo que sí especifica la ley es que cada establecimiento puede establecer este límite siempre y cuando se señalice de forma clara con carteles.

Ante el auge de los pagos por Bizum, el uso de la tecnología contactless y que cada vez más personas se manejan sin efectivo en su día a día; muchos hosteleros sí que pasan por el aro y facilitan este método. A pesar de las comisiones, también cuenta con sus ventajas. El cobro con datáfono es más cómodo para el cliente, agiliza el servicio y reduce riesgos relacionados con el manejo de dinero en efectivo.

Sí están obligados a aceptar el efectivo

También cabe destacar que, desde el año 2022, la ley sí que obliga a todos los locales a aceptar pago en efectivo. La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios considerará como infracción la «negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal». Por lo general será considerada leve, pero podría ser grave o muy grave bajo ciertas condiciones, como aprovecharse de la necesidad de determinados productos o servicios o ser reincidente en esta práctica.

La sanción contemplada por realizar infracciones leves oscila entre los 150 y los 10.000 euros, pero se pueden «sobrepasar estas cantidades hasta alcanzar entre dos y cuatro veces el beneficio ilícito obtenido».

Tracking Pixel Contents