Ya es oficial: las comunidades de vecinos pueden prohibir esta escena típica en los edificios de Galicia
Antes de llegar a los tribunales, lo mejor es recurrir a la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) para conocer qué podemos hacer

Ropa tendida en el exterior de un edificio. / FRAN MARTINEZ
Los conflictos vecinales son el pan de cada día en muchos edificios gallegos. Reformas, ruidos a distintas horas del día, coches mal aparcados en el garaje... A todos estos elementos debemos sumarle la presencia de mascotas y las tensiones que esto puede provocar.
Aunque en muchas ocasiones los problemas entre propietarios suelen resolverse hablando, tampoco es extraño que estos lleguen hasta los tribunales. Antes de llegar a esos extremos, lo mejor es recurrir a la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) para conocer qué podemos hacer y qué no en nuestra comunidad.
En este sentido, la habitual estampa de ver la ropa tendida al aire al pasear por muchas ciudades de la comunidad podría tener los días contados para muchos. La gente da por hecho que tender en el patio de luces es algo normal, pero la ley es clara al respecto: si la comunidad de vecinos quiere prohibirlo, puede apelar al artículo 7,1 de la Ley de Propiedad Horizontal. Según este epígrafe, el propietario de un piso o local no puede realizar alteraciones en la configuración o estado exterior del edificio. Colocar cuerdas, soportes metálicos o, simplemente, colgar la colada en un patio interior puede interpretarse como una modificación de la estética de un elemento común.
¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal?
Aunque se trate de un patio «interior», suele considerarse parte de la fachada del inmueble. Por ello, si los estatutos de la comunidad no lo autorizan de forma expresa, cualquier vecino puede exigir la retirada inmediata de la ropa tendida.
Más allá de la comodidad individual, la normativa busca preservar la estética y la integridad del edificio y evitar posibles daños, como humedades por goteo o deterioros derivados de anclajes en muros comunes.
Además, la autorización en los estatutos no siempre basta. En algunos casos puede ser necesaria la aprobación unánime de la junta de propietarios y, también, comprobar que el ayuntamiento no cuente con una ordenanza municipal que lo prohíba de manera general.
Un conflicto que puede acabar en demanda
Si un vecino ignora la prohibición, la comunidad puede pasar de la queja a la acción e iniciar un procedimiento de «cesación». El conflicto podría terminar en los tribunales, con la obligación de retirar la instalación y, en determinados supuestos, asumir las costas del proceso.
Tender la ropa al aire es más que una costumbre, casi una tradición histórica en España. Pero el endurecimiento de las normas y los crecientes conflictos entre vecinos están llevando a buscar alterativas, como el uso de secadoras o tendederos plegables de interior, para evitar problemas legales.
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