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La Justicia europea avala que las tecnológicas paguen «una remuneración equitativa» a la prensa por usar sus noticias

El alto tribunal europeo respalda que los Estados obliguen a Meta o Google a negociar un pago justo con los editores, siempre que el pago responda a una autorización real para utilizar sus contenidos

Una lectora de  FARO comprando un ejemplar.

Una lectora de FARO comprando un ejemplar. / ALBA VILLAR / FDV

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R.V.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado este martes un espaldarazo relevante a los medios de comunicación en su pulso con las grandes plataformas digitales. La corte con sede en Luxemburgo avala que los Estados miembros puedan exigir a compañías como Meta o Google el pago de una «remuneración equitativa» a las editoriales de prensa cuando utilicen sus contenidos informativos en internet.

La decisión, conocida a través de una respuesta prejudicial, fija criterio para el conjunto de la Unión Europea y refuerza el marco abierto por la Directiva europea sobre derechos de autor en el mercado único digital, aprobada en 2019. Aquella norma reconoció por primera vez a los editores un derecho específico para autorizar o prohibir determinados usos en línea de sus publicaciones por parte de servicios digitales.

Origen en Italia

El fallo tiene su origen en Italia, donde Meta recurrió una normativa nacional que obliga a las plataformas a negociar con los medios una compensación económica por la explotación de sus publicaciones. Esa ley concede además funciones de supervisión a la Autoridad Garante de las Comunicaciones italiana, la AGCOM.

El TJUE considera que ese tipo de mecanismos puede ser compatible con el Derecho de la Unión, siempre que la remuneración constituya la contrapartida económica de una autorización otorgada por los editores. Es decir, las plataformas solo deberán pagar cuando reproduzcan o pongan a disposición del público contenidos periodísticos con autorización de sus titulares.

La corte introduce, no obstante, límites claros. Los medios deben conservar la libertad de rechazar el uso de sus publicaciones o permitirlo gratuitamente. Del mismo modo, no puede imponerse pago alguno a plataformas que no utilicen esos contenidos.

El tribunal también respalda que la legislación italiana obligue a las tecnológicas a negociar sin reducir durante ese proceso la visibilidad de las noticias y a facilitar los datos necesarios para calcular la compensación. Esa información puede incluir tráfico, ingresos publicitarios o fórmulas de monetización vinculadas al uso de contenidos informativos.

Para Luxemburgo, estas obligaciones ayudan a equilibrar una negociación marcada por la asimetría entre plataformas y editoriales. También evitan que una tecnológica pueda presionar a los medios retirando o degradando temporalmente sus noticias mientras se discute la remuneración.

El TJUE admite que estas exigencias limitan parcialmente la libertad de empresa de las plataformas, pero entiende que la restricción puede estar justificada para garantizar un mercado de derechos de autor «correcto y equitativo» y permitir a los medios recuperar las inversiones necesarias para producir información.

Corresponderá ahora a la justicia italiana comprobar si la norma nacional cumple todos los requisitos fijados por el tribunal europeo.

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