Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

El BOE lo confirma: los gallegos que no tengan este documento de la DGT se enfrentan a multas de hasta 800 euros

La reforma de la ley sobre responsabilidad civil y seguro entró en vigor el pasado 2 de enero

La Dgt advierte sobre las sanciones por no contar con este documento

La Dgt advierte sobre las sanciones por no contar con este documento / El Día

Helena Ros

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto 52/2026, de 28 de enero, que regula el funcionamiento del Registro de Vehículos Personales Ligeros, una medida que obliga que los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) sean inscritos en el Registro Nacional de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Se trata de un requisito imprescindible para poder contar con el seguro obligatorio que entró en vigor el pasado 2 de enero. Sin embargo, no ha podido aplicarse hasta ahora.

Según el Reglamento General de Vehículos, los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son aquellos de uno o más ruedas, diseñados para una única plaza y propulsados por motores eléctricos que alcanzan una velocidad entre 6 y 25 km/h. Además, estos vehículos no pueden circular por aceras, zonas peatonales, travesías, autopistas, autovías, vías interurbanas ni túneles.

Los propietarios deben realizar el trámite de inscripción a través de la sede electrónica de la DGT y el teléfono 060 también ayuda a los usuarios a realizar la inscripción

A quién afecta la medida

Los VMP que cumplen con los requisitos establecidos en el Manual de Características de los VMP «que establece una serie de garantías de calidad y durabilidad mínimas así como de seguridad tanto para el usuario de este como para la del resto de usuarios de la vía». Desde el 22 de enero de 2024 solo pueden venderse patinetes certificados, y los ciudadanos pueden encontrar un listado en la DGT que recoge las marcas y modelos homologados.

«El proceso de inscripción de este tipo de VMP en el Registro Nacional de Vehículos es sencillo. Además de los datos del titular se deberá consignar tanto el número de certificado y el número de serie, que constan en la placa de marcaje y la ficha técnica de características. Una vez abonada la tasa administrativa correspondiente, el propietario obtendrá el número de inscripción. Una vez solicitada la inscripción, la DGT expedirá el certificado de inscripción digital», explican.

En el caso de los patinetes eléctricos que no disponen de certificado de circulación, «no cumplen los requisitos técnicos recogidos en el Manual de Características y, por tanto, no tienen placa de marcaje de fábrica». A este tipo de vehículos, se les aplica un régimen transitorio que les permitirá seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027, siempre que estén inscritos en el registro y cuenten con el seguro obligatorio.

«Para este tipo de patinetes, además de una serie de datos personales del titular, solo se deberá adjuntar factura o ficha técnica o fotografía del VMP», aseguran. La identificación tendrá carácter temporal y perderá su validez a partir del 22 de enero de 2027, a partir de esa fecha los patinetes no podrán circular.

«Dicha etiqueta deberá colocarse en el porta-identificador destinado a tal efecto en el vehículo una vez que disponga de ella. En el caso del VMP no certificados, se podrá colocar en lugar visible», aclara la DGT.

¿Cómo contrato un seguro para mi patinete eléctrico?

Quienes quieran contratar un seguro para su patinete o bicicleta solo tendrán que acudir a una compañía de seguros y aportar los datos del titular y del vehículo. Es importante que los usuarios no olviden hacer el trámite, ya que las sanciones podrán ser equiparables a las de un turismo.

Los VMP que no alcancen la potencia nominal de 250 W o supere los 25 km/h de velocidad seguirán exentos de contratar un seguro, pero las autoridades aconsejan un seguro voluntario. Por su parte, los vehículos agrícolas e industriales también deben contar con una póliza.

Multas para quienes no cumplan con la normativa

La reforma de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, obliga a asegurar todos los VMP. Las sanciones oscilan entre 202 y 610 euros por no tener seguro y 250 y 800 euros por circular en patinete sin seguro obligatorio. Además, los agentes podrían inmovilizar el vehículo hasta que el conductor contrate el seguro obligatorio.

Tracking Pixel Contents