Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Más de 105.000 mujeres en España sufren el impago de las pensiones

El Gobierno estudia cambios legales para mejorar el cobro de los pagos para los hijos | Juristas piden mudar el Código Penal para elevar las penas e introducir un tipo agravado

patricia martín

Madrid

Las violencias contra las mujeres, cuyo día de denuncia es hoy 25 de noviembre, presenta múltiples caras. Asesinatos, palizas y violaciones pero también otras más desconocidas e invisibilizadas. Por ejemplo, si el agresor ejerce control, limitación o sabotaje sobre los recursos financieros de su pareja o expareja, ya sea impidiéndole trabajar, vigilando sus gastos o apropiándose de sus recursos, se produce violencia económica, el tercer tipo de maltrato más frecuente, por detrás de la violencia emocional y psicológica de control. La prevalencia es del 11,5% de las mujeres en España y las denuncias van en aumento, pero solo el 40% de los españoles sabe identificar y reconocer este tipo de abuso.

Dentro de la violencia económica, el impago de pensiones alimenticias es una de las formas más comunes: permite perpetuar el sometimiento y el control y provoca daño no solo a la víctima, sino también a los hijos de la pareja, a los que se priva de recursos imprescindibles para las necesidades básicas. Según un estudio de la Asociación Española de Abogados de Familia (Aeafa), está presente en dos de cada 10 divorcios y no siempre va aparejada a denuncias por violencia de género. Una proyección de la estadística apunta a que cerca de 105.000 mujeres se encuentran en esta situación.

Sin embargo, el pacto de Estado contra el machismo violento, que han renovado este año todos los partidos excepto Vox, incluye por primera vez la violencia económica, la vicaria y la digital como formas de violencia contra la mujer y propone una serie cambios legislativos para prevenirlas y, en caso de que se produzcan, castigarlas.

El Ejecutivo ha empezado a legislar las agresiones vicarias, que se dirigen contra los hijos para dañar a la madre, con un anteproyecto que define y tipifica, por primera vez, un delito específico. Y está estudiando hacer lo mismo con la violencia económica, creando una definición jurídica y penalizando toda una serie de conductas, porque adquiere formas variadas: una de ellas es el impago de pensiones. A este respecto, la ministra de Igualdad, Ana Redondo, avanza que se ha constituido un grupo de trabajo en la Delegación del Gobierno contra la violencia machista, conformado por varios juristas, con el fin de que «aporten soluciones específicas» destinadas a modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal y el Código Penal para «incorporar y endurecer el maltrato económico, que es una forma de disminuir la capacidad y la autonomía económica» de las mujeres afectadas.

En cuanto al impago de pensiones, ya existe un delito específico. Sin embargo, el problema es que muchos hombres se declaran insolventes para no pagar, al tiempo que se acumulan dilaciones indebidas en la ejecución de las sentencias. Ante este hecho, Igualdad encargará al CGPJ que proponga «una solución» porque «la clave es la ejecución de las sentencias y que se ejecuten en tiempo y forma, de tal manera que las mujeres no se sientan desprotegidas cuando ya tienen una sentencia condenatoria», según explica Redondo.

En este sentido, la jueza Lucía Avilés, vocal del CGPJ, cuando era titular del Juzgado Penal número 2 de Mataró, en 2021, presentó una iniciativa legislativa destinada a que el Código Penal recoja la violencia económica y, especialmente, el impago de pensiones como una modalidad de violencia de género, haya o no denuncia por malos tratos. Su propuesta vino motivada por una sentencia de impago de la pensión, dentro de un proceso de divorcio, que a su juicio «maquilló» que el hombre había sido condenado por violencia de género. Avilés realizó una exposición razonada al Gobierno para que tipifique la violencia económica, de acuerdo con el Convenio de Estambul, y se incluya una cláusula de reparación del daño del impago de pensiones. Sin embargo, aunque su propuesta ha sido recogida por en el pacto de Estado, cuatro años después, aún no se ha llevado a la práctica.

Cabe destacar que tanto el Tribunal Supremo como varias sentencias han dictaminado ya que «el impago de pensiones es una forma de violencia de género». «El incumplimiento de esta obligación deja a los propios hijos en estado de necesidad [...] y al progenitor que los tiene consigo en custodia, a llevar a cabo un exceso de esfuerzo, privándose de atender sus propias necesidades», indica un fallo del Supremo de 2021.

Los juristas especializados comparten que hay que tipificar la violencia económica y reformar el delito de impago de pensiones. El Código Penal establece que el impago de dos mensualidades consecutivas o cuatro no consecutivas es delito; «pero la acusación debe demostrar que fue voluntario y que el deudor tiene capacidad económica suficiente y no paga por decisión propia, no por una falta sobrevenida e insalvable de recursos», según explica Lola López-Muelas, presidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia.

Por ello, propone reformar el Código Penal para elevar las penas e introducir un tipo agravado para impagos prolongados o que causen graves perjuicios al menor o a la madre. Asimismo, plantea crear un fondo estatal que compense las pensiones impagadas, así como crear un registro de deudores, para facilitar los embargos y la localización de los bienes si han sido ocultados.

Los feminicidios caen a mínimos históricos

Un total de 38 mujeres asesinadas y dos casos en investigación. Es el negro balance que deja la estadística de mujeres asesinadas por sus parejas o exparejas este 25 de noviembre. Son demasiadas. Pero también es la cifra más baja de la serie histórica, lo que trae un halo de esperanza. Sin embargo, las denuncias, sobre todo por violencias sexuales, siguen en aumento. Dos caras de una misma moneda que permiten tomar la temperatura a este grave problema estructural en el Día Internacional para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres. De un lado, los feminicidios están en mínimos históricos, dado que, aunque se confirmaran los dos casos en estudio (uno parece más probable que otro), serían 40 las mujeres asesinadas, el mismo número que en 2022 a estas alturas del año pero muy lejos de las 53 que fallecieron el año siguiente (hasta noviembre) y a mucha distancia de los más de 60 feminicidios que se registraban a principios de siglo, cuando España alumbró la ley contra la violencia de género. No obstante, nadie quiere echar las campanas al vuelo porque cualquier asesinato supone un grave fallo social y porque las víctimas mortales solo son «la punta del iceberg». «Es difícil analizar la violencia de género solo con los datos de asesinatos porque son casos individualizados», puntualiza Alba Alfageme, psicóloga especializada, quien recuerda que una agresión puede acabar en muerte o en heridas graves –y no aparecer en la estadística– en función de si el agresor consigue dañar órganos vitales o no. Por eso, en su opinión, sería importante, para tener una radiografía más completa de los casos más graves de violencia de género, que se publicaran las tentativas de asesinato, que no se recogen en los registros oficiales.

Tracking Pixel Contents