El pasado 21 de marzo entró en vigor la nueva Ley de Tráfico y con ella todas las novedades que va a acarrear para los conductores. Esta norma endurece las sanciones de algunas restricciones e incorpora prohibiciones que hasta ahora no estaban vigentes.

Nuevas medidas que los conductores deben ir incorporando si no quieren enfrentarse a importantes sanciones pero no serán los únicos. Por primera vez se legisla sobre los nuevos medios de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, y avanza en la protección de los ciclistas.

A continuación recogemos las principales claves de la nueva Ley de Tráfico:

  • Conducir con el móvil: la multa por conducir mientras se usa el móvil se incrementa de tres a seis puntos cuando se tiene cogido con la mano. Si se está usando pero no lo tiene en la mano se mantiene la multa de 200 euros y de 3 puntos de sanción.
  • Arrojar objetos: la multa por tirar objetos que puedan producir incendios o accidentes pasa a ser de cuatro puntos a seis.
  • Adelantamientos peligrosos: se elevan de cuatro a seis los puntos que se pierden por adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros.
  • Cinturón de seguridad: pasará de tres a cuatro puntos que se descuentan por utilizar, o no hacerlo de forma adecuada, el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección.
  • Sistemas de detención de radares: castigado con tres puntos sólo por poseer el mecanismo y no solo su utilización como era antes.
  • Dispositivo móvil: tener un dispositivo de telefonía móvil mientras se conduce ajustado entre el casco y la cabeza será multado con tres puntos.
  • Recuperar puntos: se unifica en un plazo de dos años el tiempo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar los 12 puntos, siempre que no se hayan perdido todos.

Te puede interesar:

  • Límites de velocidad: prohíbe rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.
  • Uso obligatorio del casco para usuarios de vehículos de movilidad personal, como patinetes.
  • Los vehículos de movilidad personal y las bicicletas y ciclos no podrán circular por las aceras y demás zonas peatonales.
  • Se multa con 200 euros no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones.
  • Desde el 6 de julio de 2022 será obligatoria la incorporación de alcoholímetros antiarranque en vehículos de transporte de viajeros. No cumplirlo es una infracción muy grave que puede suponer 500 euros de multa.
  • Se considera infracción muy grave "incumplir las normas en materia de auxilio en vías públicas", lo que acarrea una multa de 500 euros.
  • Se añade como infracción leve, que puede llegar a los100 euros de multa, incumplir la obligación de los conductores de estar en condiciones de controlar su vehículo.
  • Se podrán recuperar 2 puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura certificados por la DGT.
  • Utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados en los exámenes de conducir se considerará una infracción muy grave, sancionada con 500 euros y seis meses sin poder presentarse de nuevo.
  • Tasa cero de alcohol para los menores de edad conductores de cualquier vehículo.