La proximidad del Día del Orgullo, que este año recupera la reivindicación en las calles, pesa como una losa sobre el Gobierno, sobre todo en el PSOE, después de que varios colectivos hayan pedido que este partido no sea invitado a la manifestación que tendrá lugar el 3 de julio en Madrid por “bloquear la ley trans”. Con esta fecha como espada de Damocles, el Ejecutivo ha logrado llegar a un consenso en la parte más polémica del texto y la previsión es que el anteproyecto “para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI” sea aprobado en el Consejo de Ministros del día 29 de junio, si la negociación no se tuerce a última hora.

El último borrador sobre el texto reconoce la libre autodeterminación de género, es decir, que las personas trans puedan cambiar de sexo en el Registro Civil y después en el DNI con su mera declaración, sin necesidad de presentar un informe médico y llevar dos años de hormonación, como se exige en la actualidad. Y los interesados no tendrán que exhibir ningún documento o ser acompañados de un testigo para probar la “estabilidad en la transexualidad”, que es lo que exigía Carmen Calvo para dotar al texto de “garantías jurídicas” y evitar que sea tumbado por el Tribunal Constitucional si es recurrido por partidos como Vox. Fuentes gubernamentales señalan que se ha desencallado la parte nuclear y que afecta al cambio de sexo registral, si bien aún quedan flecos por acordar sobre el resto de la ley.

En la complicada negociación, Calvo ha defendido posiciones similares a las de un sector del feminismo que recela de que la identidad de una persona se base en el sexo sentido y no en el biológico, puesto que teme que esto desdibuje la desigualdad estructural que sufren las mujeres y perjudique la lucha contra el machismo.

Del lado contrario, la ministra de Igualdad, Irene Montero, y Podemos han abanderado la reivindicación de los colectivos trans para que “se reconozcan sus derechos sin tutelas, testigos o trabas” a la hora de cambiarse de nombre y sexo.

Y Justicia ha jugado el papel de intermediario. La suma del ministerio dirigido por Juan Carlos Campo a la negociación y al papel que las organizaciones trans han llevado a cabo para explicar, en reuniones a varias bandas, el por qué de sus demandas, han conseguido desbloquear la situación.

Canarias y otras autonomías

Y es que, al igual que en el feminismo, en el PSOE no hay una postura única, como demuestra el hecho de que en Canarias los socialistas han votado recientemente a favor de una ley que reconoce abiertamente “la autodeterminación de la identidad y de la expresión de género”, algo garantizado también por 12 autonomías, entre ellas Catalunya, a la hora de emitir documentos como la tarjeta sanitaria. Y también son varios los países que han dado pasos en esta dirección.

El borrador legal prevé que el procedimiento no sea inmediato, sino que transcurra un “plazo máximo de tres meses” desde que el interesado hace “la solicitud de rectificación inicial [de la mención registral de sexo]” y el Registro Civil cita a la persona a que “comparezca de nuevo y ratifique su solicitud, aseverando la persistencia de su decisión”. Y luego se dictará resolución dentro del siguiente mes.

Los principales colectivos trans aceptaron este trámite dilatado el 7 de junio, tras reunirse con Vicepresidencia y Justicia, en aras de lograr un consenso de ambos departamentos con Igualdad, que elaboró hace meses un primer borrador donde no se contemplaba la doble comparecencia. Si bien, el equipo de Montero presentó recientemente a Justicia un texto que sí la incluía, para evitar así “los medios de prueba y testimoniales” que reclamaba Calvo.

Los menores

Las organizaciones trans pidieron, además, que los menores entre 12 y 16 años puedan cambiar de sexo acompañados de su familia pero finalmente el anteproyecto prevé que toda persona “de nacionalidad española y mayor de 16 años pueda solicitar por sí misma la rectificación de la mención registral” y que las personas entre 16 y 14 años lo presenten “por sí mismas, asistidas en el procedimiento por sus representantes legales”.

Es decir, el cambio de sexo podrá solicitarse, si el texto no se modifica, en el Registro Civil a partir de los 14 años y los menores de esa edad (desde los 12 años), podrán cambiar de nombre y solicitar el cambio de sexo pero ante el juzgado de primera instancia.

“En el supuesto de desacuerdo entre los progenitores, entre sí o con la persona menor de edad, se procederá al nombramiento de un defensor judicial”, añade el texto, que si logra ver la luz el 29 de junio o con posterioridad aún tendrá que ser revisado por los órganos consultivos, volver de nuevo al Ejecutivo y de ahí superar la tramitación en las Cortes.

Claves destacadas


1 El borrador de la ley reconoce que “toda persona de nacionalidad española, mayor de 16 años, podrá solicitar ante el Registro Civil la rectificación de la mención registral de su sexo”, mientras que los mayores de 14 deberán estar “asistidos” por “sus representantes legales”. Ni a unos ni a otros se les requerirá un aval médico ni dos años de hormonación, como se exige ahora.


2 Ante el temor de un sector del feminismo de que algunos maltratadores pidan ser reconocidos como mujeres para burlar la ley contra la violencia de género, el proyecto señala que “la rectificación de la mención registral no alterará las obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral”.


3 El anteproyecto contempla medidas para todo el colectivo LGTBI, aunque con modificaciones sobre el texto inicial. El texto “prohíbe la práctica de métodos, programas y terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento destinados a modificar la orientación, identidad sexual o la expresión de género, incluso si cuentan con el consentimiento de las personas interesadas”.


4 El colectivo LGTBI también es frecuentemente objeto de todo tipo de ataques. El 8% ha sufrido agresiones en los últimos cinco años, a menudo en las aulas, donde la mitad de los menores denuncia acoso escolar por su identidad sexual. Para frenar esta situación, la ley establece medidas de protección o reparación de las víctimas, así como acciones específicas de protección.


5 Incluye un capítulo para personas intersexuales, que son aquellas que nacen con órganos masculinos y femeninos. Se prohíbe la modificación genital en los recién nacidos, salvo por indicación médica, y se permite a los progenitores, de común acuerdo, solicitar que la mención del sexo figure en blanco durante un año, para tener un mayor conocimiento del sexo.