El transporte público es uno de los sectores que, a partir de este viernes, contará con más medidas de prevención ante la expansión del coronavirus, tales como ventilación y limpiezas obligatorias y recomendaciones como "evitar conductas" tales que interactuar o gritar durante los desplazamientos.

Estas nuevas medidas por escrito en el Diario Oficial de Galicia (DOG) del 7 de enero (bis), y que recoge Europa Press, llegan en un momento en el que, en todo caso, las autoridades sanitarias han pedido limitar al máximo la movilidad y solo realizar desplazamientos por motivos esenciales y justificados.

  • El mapa de las nuevas restricciones: consulta las prohibiciones en tu municipio

    La mitad de la población gallega permanecerá durante las próximas semanas bajo las limitaciones más severas

De hecho, este mensaje de evitar desplazamientos, que aparece recogido DOG, también fue especialmente remarcado por el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, quien si bien rechazó un confinamiento para Galicia, sí llamó a cumplir las medidas y recomendaciones de limitar reuniones o encuentro sociales (aunque estén permitidos) y movilidad, porque de seguir estos criterios la situación epidemiológica tendrá un mejor comportamiento.

Medidas en el transporte

En esta línea, el DOG incorpora una orden con nuevas medidas frente a las que estaban en vigor en el transporte público. Concretamente, se añaden dos puntos nuevos en el apartado de medidas de prevención específicas como consecuencia de la evolución del covid-19.

Hasta este momento, estaban vigentes, y seguirán también a partir de este viernes, estos dos apuntes: durante la duración del trayecto, cuando sea inferior a dos horas, las personas usuarias no podrán consumir alimentos en el interior de los vehículos o embarcaciones y deberán, igualmente, y en la medida de lo posible, evitar consumir bebidas, conversar o mantener cualquier otro contacto directo con otras personas ocupantes.

Además, estaban vigentes (y seguirán) requisitos en la venta de billetes y su uso. En la prestación de los servicios colectivos regulares de transporte de viajeros de carácter interurbano, de uso general, cuando no estén autorizadas plazas de pie, y en la prestación de cualquier servicio de transporte marítimo en aguas interiores (de competencia autonómica), será obligatoria la expedición de billete con la identificación del servicio concreto de transporte del que se trate y vehículo o embarcación que lo preste.

A partir de este viernes, y tras las nuevas incorporaciones al decreto que entran en vigor, las empresas concesionarias tendrán que procurar "la máxima ventilación del vehículo, sin recirculación del aire, manteniendo las ventanas abiertas siempre que no sea produzcan corrientes de aire".

Para tal efecto, apunta el DOG, los vehículos que realicen varios viajes en diferentes turnos horarios "deberán proceder a la ventilación antes de cada turno y, siempre que sea posible, su limpieza y desinfección". En todo caso, continúa, "se realizará como mínimo una limpieza diaria, empleando productos y procedimientos previstos en el plan de limpieza y desinfección".

Adicionalmente, incluye otros criterios de vigilancia y responsabilidad tanto de usuarios como de empresas y trabajadores. "Tanto las empresas concesionarias como las personas usuarias observarán, en todo momento, las medidas de protección, el uso de la mascarilla, y las demás medidas de prevención".

Especificamente, se pide "evitar conductas como levantarse, interactuar, gritar, compartir objetos, tocar superficies comunes, u otras conductas que puedan generar riesgo de contagio o transmisión".