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Hasta dos agricultores podrán trabajar juntos en una finca, pero el tiempo imprescindible

Deberán respetar la distancia de seguridad | Los dueños de huertas de autoconsumo podrán desplazarse a concellos limítrofes

Dos personas recogen patatas en la comarca ourensana de A Limia. // Iñaki Osorio

El alivio de las restricciones sociales alcanza también al medio rural. A partir de ayer, los agricultores y viticultores gallegos no solo podrán atender sus cultivos, sino que podrán hacerlo acompañados de otra personas en aquellos casos en que "sea necesario", si bien la coincidencia de dos trabajadores deberá prolongarse "el tiempo mínimo e imprescindible y respetando las distancias de seguridad" y demás protocolos de seguridad para evitar contagios del coronavirus y sufrir el Covid-19, que ha causado una crisis sin precedentes.

En todo caso, deberán contar con documentos acreditativos para justificar sus trabajos si los agentes de Policía o Guardia Civil se los requieren. Las nuevas condiciones están destinadas a trabajadores del campo, que deben figurar en el Rexistro de Explotacións Agrarias de Galicia (Reaga). Una declaración responsable deberá especificar la causa de los trabajos.

La Consellería de Medio Rural publicó ayer en el Diario Oficial de Galicia (DOG) nuevas instrucciones relativas al campo que aplican las medidas de "desescalada" para este ámbito aprobadas por el Ministerio de Sanidad recogidas en el Boletín Oficial del Estado el pasado día 1. Estas abren otro poco la mano respecto al sector primario en lo relativo a las producciones para autoconsumo. Tras la declaración del estado de alarma, primero se permitió acudir a huertas a 500 metros de casa; luego, a aquellas situadas en un radio de cinco kilómetros.

A partir de ahora, podrán atenderse viñedos o cultivos para autoconsumo situados no solo en cualquier punto del concello de residencia de los propietarios, sino en municipios "adyacentes", si bien se establece una excepción para acudir a cualquier punto en caso de que los alimentos de esas huertas sean "esenciales para atender la subsistencia" del dueño, algo que este deberá acreditar, si se lo requieren agentes de Policía o Guardia Civil, con "cualquiera de los medios admitidos en derecho", según establece la orden SND/381/2020 del 30 de abril del Ministerio de Sanidad.

En el caso de estos productores para autoconsumo, los trabajos en sus huertas o viñedos deberán realizarse de manera individual, salvo en casos en que estén acompañados de "personas con discapacidad, menores, mayores o por otra causa justificada", según establece Medio Rural en su orden de ayer.

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