Faro de Vigo

Faro de Vigo

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El Gobierno prohíbe los despidos por causa de la pandemia y redobla el control contra los fraudes

Fuerza la renovación de los contratos temporales durante la crisis sanitaria -El veto no tiene efectos retroactivos -Las sociedades que utilicen el ERTE sin motivo "devolverán hasta el último céntimo", incluidas las prestaciones

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ayer. // La Moncloa

No existen datos oficiales, aunque los sindicatos han elevado ya la cifra de despidos como consecuencia del coronavirus Covid-19 por encima del millón, a mayores de los afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE). El objetivo es bloquear esa sangría, siguiendo los pasos que antes habían dado países como Grecia o Italia. El primero optó por declarar nula cualquier extinción de contrato derivada de la pandemia; el segundo, con un veto directo a la ruptura de un vínculo laboral. A falta de conocer la redacción del nuevo real decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros, el Ejecutivo quiso trasladar un mensaje rotundo: "No hace falta despedir a nadie. Nadie puede aprovecharse de esta crisis y usar el Covid-19" para hacerlo, como lanzó la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. La norma no es retroactiva, y por lo tanto no es aplicable a las decisiones adoptadas por las empresas desde incluso antes de la declaración del estado de alarma.

La prohibición de la rescisión de contratos, que perdurará mientras persista la gravedad de la situación sanitaria, trata de impedir, según Díaz, que algunos empleadores puedan aprovechar la circunstancia excepcional de una emergencia sanitaria para reducir plantillas, lo que, según el Ejecutivo, no es necesario una vez que el Gobierno ha establecido "mecanismos legales y recursos públicos ingentes" mediante los ERTE por fuerza mayor para descargar a las empresas de costes laborales mientras no puedan desarrollar con normalidad su actividad productiva. La diferencia entre la vía griega y la alemana es relevante, ya que en el segundo caso lo que veta es echar a un trabajador por causas procedentes, que conlleva una indemnización de 20 días por año trabajado, por los 33 de un despido improcedente; esto es, en esencia encarece la rescisión de un contrato, no la impide por completo. La nulidad elegida por el Gobierno heleno bloquea de facto un adelgazamiento de la plantilla.

Por la misma razón, el Consejo de Ministros prohibió a su vez la extinción de contratos temporales (incluidos los de interinidad, formativos y de relevo), que podrán ser interrumpidos por fuerza mayor mientras dure la crisis pero que deberán ser prorrogados por el tiempo en que se suspendan. Solo se abrirá "un paréntesis", dijo la ministra. "Es un cambio en las reglas de juego", lamenta el abogado laboralista Samuel Pena, de Baltar Abogados. "Es cierto que hay multitud de contratos temporales fraudulentos, pero de este modo se obliga a prorrogar la validez de los mismos aunque hubiese terminado la causa de la temporalidad". Por ejemplo, en los contratos por obra o servicio. "Hay empresas que han planificado sus ERTE teniendo en cuenta que algunos expiraban en fechas próximas. Se produce una inseguridad jurídica evidente, otra vez", condena.

Contra el fraude

Entre la batería de medidas adoptadas ayer también se ha ordenado "revisar de oficio" todos los expedientes que se están aprobando estos días de forma que, si a posteriori se observa algún tipo de fraude, incluyendo la falta de causa o la falta de necesidad del ERTE, se obligará a las empresas a devolver "hasta el último céntimo de euro" del que se hayan beneficiado, incluyendo las prestaciones por desempleo de los trabajadores afectados, incidió la ministra. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social incluirá entre sus planes de actuación la comprobación de las causas alegadas en los ERTE.

Para agilizar su tramitación, el Gobierno aprobó también un modelo "hipersimplificado" de formulario en el que sólo será necesario hacer constar el nombre, número de documento de identidad, base reguladora y cuenta bancaria de los trabajadores afectados. Díaz se comprometió a que el Servicio Público de Empleo (SEPE), que ha sido reforzado con mil trabajadores adicionales, reconocerá de modo "inmediato" las prestaciones por desempleo. Se establecerá, dijo, un "trámite agilizado" para que los trabajadores afectados cobren con rapidez el seguro de desempleo, que según se decidió en un consejo anterior, será abonado también a aquellos trabajadores afectados por los ERTE que no hubiesen alcanzado el periodo mínimo de cotización que en condiciones normales se exige para cobrar el paro.

Las prestaciones se mantendrán en este tipo de suspensiones colectivas de empleo con las mismas condiciones que en los procedimientos convencionales por desempleo (una cuantía máxima de 1.098,09 euros), incluido el reconocimiento por hijos a cargo (que había sido descartado por algunas versiones), con lo que se incrementan a 1.254 euros en el caso de un descendiente y a algo más de 1.400 euros a partir del segundo. La ministra gallega se comprometió a que, pese a la avalancha de expedientes de regulación que se están produciendo y que pudieran producirse -y que está "desbordando", dijo a Servicio Público de Empleo-, éste mantendrá el día 10 de cada mes como fecha de abono de la prestación a los beneficiarios.

El Gobierno pretende con estas nuevas disposiciones que "la crisis sanitaria sea un paréntesis en el ámbito económico", resumió la ministra portavoz y de Hacienda, María Jesús Montero.

Compartir el artículo

stats