La Seguridad Social aclaró ayer que los trabajadores en aislamiento preventivo por el virus SARS-CoV-2, conocido como coronavirus, se consideran en situación de incapacidad temporal (baja laboral) por enfermedad común, si cumplen los demás requisitos y conforme al régimen de la Seguridad Social.

Estos períodos serán considerados "como situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común", y los afectados tendrán derecho a las correspondientes prestaciones, cumplidos los requisitos exigidos, y en los términos y condiciones establecidos, por las normas del Régimen de la Seguridad Social de cada trabajador.