El juicio contra Ana Julia Quezada, condenada por el asesinato del niño Gabriel Cruz en la localidad almeriense de Nïjar en febrero de 2018, no se repetirá. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) descarta que hubiese parcialidad por parte da la magistrada presidenta del jurado popular, como alegó la defensa y ha confirmado la pena de prisión permanente revisable que impuso la Audiencia de Almería tras el veredicto del jurado.

El alto tribunal ha desestimado tanto los recursos de la acusación particular como de la Fiscalía y ha estimado parcialmente el de la defensa, por lo que Ana Julia Quezada ha sido absuelta de los dos delitos de lesiones psíquicas a los padres del pequeño, aunque se mantiene la condena por dos delitos contra la integridad moral.

El tribunal rechaza, de esta manera, la nulidad del juicio y la repetición del mismo solicitada tanto por la defensa como por la acusación particular, y considera que no hubo parcialidad en las instrucciones dadas por la magistrada presidente al Jurado, indicaciones que los magistrados del TSJA califican de "correctas, útiles y adecuadas".

El fallo también rechaza la alegación de la acusación particular respecto a la falta de motivación para excluir el ensañamiento, y ha indicado que la motivación del jurado es "más que suficiente y no difiere de como habitualmente tribunales profesionales explican por qué han creído a un perito y no a otro cuando éstos se contradicen en aspectos puramente técnicos que el juez o el jurado ignoran".

El TSJA tampoco ha estimado los recursos de la defensa de la asesina sobre la necesidad de que el caso fuese juzgado por un tribunal profesional debido a la desmedida repercusión mediática. La resolución explica que la exposición a los medios, aunque introduzca un "indudable factor de complejidad", no determ0ina "en sí misma, objetiva y automáticamente, ni la idoneidad de un Tribunal del Jurado como órgano decisorio, ni desde luego la nulidad del veredicto".

En contra de la tesis de la defensa, que ve base para recurrir esta sentencia ante el Supremo, la Sala sostiene que el ataque contra el menor fue alevoso.