El Tribunal Supremo confirmó ayer íntegramente las condenas de entre 14 y 15 años a los tres miembros de la denominada "Manada de Collado Villalba" por violar a una joven el 13 de marzo de 2015 en esta localidad madrileña.

En la sentencia, la Sala de lo Penal desestima los recursos de casación de los condenados contra la resolución de la Audiencia de Madrid que les sentenció por un delito continuado de agresión sexual, aunque, como ya sucediera con 'la Manada de Pamplona', creen que deberían haber sido condenado por varios delitos de agresiones.

Los magistrados consideran probado que Ricardo A. M., Miguel Ángel C. O. y Martín A. F., en torno a la medianoche del 13 de marzo de 2015, tras solicitar a la joven favores sexuales a los que ella se negó, la obligaron a realizarlos en una casa de Collado Villalba.

Y recuerdan la reiterada negativa de la adolescente y cómo la relación sexual se impuso en un contexto de total desvalimiento ante tres adultos de 30 años frente a "una joven de 18 años escolarizada" a quien "impusieron concertadamente su voluntad".