Un juez de Santiago ha fallado desestimar la demanda de la periodista Marga Pazos contra la Corporación de Radio Televisión de Galicia (CRTVG), en la que acusaba al ente de haber realizado una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo que vulneraría sus derechos fundamentales.

El comité de empresa había denunciado en febrero que la periodista había sido apartada "de las funciones propias de redactora que desarrollaba desde hacía años para limitarla a funciones obsoletas de locutora de televisión", una decisión que, sostenía la periodista y el comité, era una "represalia" "por participar en los Venres Negros" .

La propia periodista, en la demanda presentada el 19 de dicho mes, reclamaba, entre otras cosas, que se anulara esa "modificación sustancial de sus condiciones de trabajo y que repusieran las que regían con anterioridad al 22 de enero, es decir, en las funciones de redactora que venía ejerciendo desde hace 20 años".

La CRTVG considera, en cambio, que la periodista "no ha sufrido modificación sustancial alguna en sus condiciones de trabajo". Y que "se ha producido una merma salarial como consecuencia de dejar de realizar las funciones que venía realizando que exceden de su categoría profesional, si bien el salario no sufrió variación alguna es jurisprudencia que los complementos de puesto no forman parte del salario".

En la sentencia se hace además referencia a un fallo judicial anterior por una demanda sobre diferencias salariales después del cual, tras serle abonadas las diferencias salariales correspondientes, se le comunicó a la demandante que "se limite a la realización de las funciones propias de su categoría de locutora", por lo que se concluye que "la acción de la entidad demandada (la CRTVG) es ajustada a derecho" y que "tiene el deber de evitar el incremento de coste de personal injustificado dado su carácter de entidad del sector público autonómico, sin que por otra parte a la trabajadora le asista derecho a consolidar una reclasificación profesional encubierta, esto es, una consolidación de una categoría profesional superior por un cauce diferente del legalmente previsto".