La DGT ha dado el primer paso para regular los patinetes eléctricos a través de un real decreto que los catalogará como vehículos de movilidad personal de propulsión eléctrica. En ellos solo podrá circular una persona, siempre por la calzada y a no más de 25 kilómetros por hora. Tráfico avanza así en un "marco general común" para regular estos vehículos que en los últimos tres años han proliferado notablemente en las ciudades y que ya obligaron en 2016 a la DGT a aprobar una instrucción que sirvió para que Ayuntamientos como el de Barcelona o Madrid redactaran ordenanzas sobre su uso.

El subdirector general de movilidad de la Dirección General de Tráfico (DGT), Jorge Ordás, aseguró ayer que el real decreto, cuya tramitación quiere iniciar antes de que acabe el año y que podría entrar en vigor en julio, pretende proporcionar una normativa estatal de "mínimos" a los ayuntamientos con la vista puesta en "aumentar la seguridad vial".

Ordás habló de "urgencia" después de que precisamente ayer se tuviera constancia de la primera muerte por atropello de un patinete eléctrico, una anciana de 92 años embestida en agosto mientras caminaba por la acera de una calle de Esplugues de LLobregat (Barcelona) por uno de estos vehículos en el que viajaban dos jóvenes.

Así, lo primero que plantea el real decreto es la modificación del reglamento general de vehículos para incluir en él la catalogación de los patinetes eléctricos como vehículos de movilidad personal de propulsión eléctrica. Ordás sugiere que esa clasificación tendrá cierta "flexibilidad" porque las tecnologías de estos vehículos están en constante modificación.

Velocidad máxima

Otro de los puntos es limitar su uso a una sola persona, siempre por la calzada y con una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora. Se trataría de una norma general, insiste Tráfico, que deja en manos de los Ayuntamientos que planteen excepciones al uso de este tipo de vehículos por aceras, tal y como figura en la nueva ordenanza de movilidad de Madrid que prevé que los patinetes puedan estacionarse en ellas siempre que dejen más de tres metros de ancho libre u otras salvedades para el uso comercial y turístico. El objetivo es que estos vehículos tengan "cabida" en el entorno urbano pero que los peatones puedan "caminar tranquilamente por la calle", resumió el subdirector de Movilidad de Tráfico.

Y como el resto, los conductores de patinetes eléctricos deberán someterse a controles de alcohol y drogas al incluirlos en el reglamento general de vehículos pero no se precisará un permiso de conducción ni "de salida" será obligatorio el casco, si bien el subdirector de movilidad de la DGT apunta que "su uso debería ser de sentido común" y por ejemplo estará prohibido que el conductor lleve puestos auriculares mientras conduce.

En todo caso, Ordás no descarta que el permiso específico de conducción se haga en un futuro. "De momento no es necesario, lo que no quita que, a medida que vayamos teniendo una mayor experiencia, podamos plantearnos este tipo de cuestiones", aseveró.

Al respecto de las características del patinete, Tráfico quiere asimismo que reúnan unos requisitos mínimos -por ejemplo, el tamaño de las ruedas no podrá ser inferior a ocho pulgadas (unos 20 centímetros)- para garantizar la seguridad del conductor al circular por calzadas que pueden tener desniveles u otras incidencias.