Rechazan que las madres deban indemnizar a los padres que descubren que no son los biológicos

El Tribunal Supremo descarta que puedan reclamar daños morales

europa press | Madrid

El Tribunal Supremo ha rechazado que una mujer tenga que indemnizar por daños morales a su exmarido por ocultarle que no era el padre de uno de sus hijos. El alto tribunal estima así el recurso de casación interpuesto por la mujer contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz, que la había condenado a abonar a su expareja más de 60.000 euros en concepto de devolución de las pensiones alimenticias fijadas en las sentencias de separación y divorcio, gastos y daños morales causados por la ocultación de la verdadera paternidad. En concreto, los magistrados de Cádiz habían sentenciado que la mujer pagase a su exmarido 45.971,56 euros por las pensiones alimenticias, 522,88 por gastos y 15.000 por daños morales. Sin embargo, el Supremo descarta la indemnización por daños morales: "No se niega que conductas como esta sean susceptibles de causar un daño. Lo que se niega es que este daño sea indemnizable".

Los magistrados admiten que el juicio de moralidad que se plantea es "indudablemente complejo y de consecuencias indudablemente negativas" para la familia afectada, si bien remarca que conductas como la de la mujer no contemplan indemnización de daño moral en caso de infidelidad y ocultación de esta, pues lo que contempla la normativa es la separación o el divorcio, lo cual ya se ha producido.

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