La victoria no siempre cae del lado de los más poderosos y aunque son contadas las excepciones, la pequeña bodega de Meaño, Anadigna, puede presumir de encontrarse en ese reducido listado tras vencer en los tribunales a la multinacional catalana Codorniu.

El origen de la disputa judicial fue el nombre con el que el bodeguero Carlos Rey Lustres bautizó a su albariño en homenaje a su abuela, María Anadigna, una mujer que sacó adelante sola a sus cuatro hijos y que, además, cuidó con esmero y sabiduría las viñas que están en la raíz de este proyecto artesanal que actualmente tiene dos vinos de la D.O Rias Baixas.

Según Codorniu S.A. y Pagos del Rey S.L., Anadigna tenía "demasiadas" similitudes con el nombre de su cava "María Anna de Codorniú" y "Analivia", respectivamente, por lo que recurrieron ante el registro de marca el nombre argumentando que podría crear confusión en el consumidor y beneficiarse de ello.

Por ello, aunque inicialmente la Oficina de Patentes y Marcas resolvió darle la concesión total de la marca comercial Anadigna, luego se le quitó, obligando a la bodega de las Rías Baixas a retirar las botellas que habían salido ya al mercado con la marca Anadigna, sufriendo en el inicio de su andadura una importante zancadilla y ocasionándole numerosos gastos por el cambio de nomenclatura.

Rey Lustres no se rindió y demandó a la Oficina de Patentes y Marcas, con la catalana Codorniu, S.A como codemandada y ahora la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia le ha dado la razón.

En la sentencia, que todavía puede ser recurrida por Codorniu en casación, reconoce que el bodeguero gallego "aprovecha como negocio una pequeña bodega de vino albariño de poca extensión y mínima producción en su casa matriz familiar de Axís, en el Concello de Meaño, encontrándose la explicación del nombre comercial y marca solicitados en el hecho de que su abuela se llamaba María Anadigna (consta en el libro de familia), lo que en principio aleja toda idea maliciosa de aprovecharse de cualquier nombre comercial o marca ajenas de parecida significación" pero además "el parecido fonético entre ellas no es de la entidad suficiente para producir confusión en el mercado".

El proyecto del Salnés ha salido por ahora victorioso de una contienda que le ha causado enormes perjuicios no sólo por los costes derivados del pleito sino también los originados por el cambio de imagen corporativa, el registro de una nomenclatura alternativa, y los obstáculos para la creación de la marca, mucho más difíciles de cuantificar, pero que suponen un gran atranco para un proyecto de nueva creación.