El Instituto Canario de Infertilidad deberá indemnizar a una mujer y a sus hijos gemelos con 315.000 euros por haber fecundado por error los óvulos de ella, de los que nacerían los niños, con el semen de un hombre desconocido que no era la pareja de la mujer en el momento de los hechos. Así lo decidió el Supremo en un auto en el que rechaza el recurso que la clínica presentó contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas, cuya condena es ahora ya firme tras el dictamen del alto tribunal.