Fuentes de la Fiscalía confirmaron a Europa Press que el fiscal que llevó el caso presentó el recurso ayer mismo, días después de que lo hiciera la acusación particular ejercida por la viuda del fallecido, María Ángeles Madero.

La juez Ángeles Saez, reduce en el auto, al que tuvo acceso Europa Press, las dos multas de 100 euros diarios durante 12 meses a 50 euros diarios, ya que considera que queda constatado que "siendo el medio de vida una actividad artística personalísima, la actual imposibilidad de ejercicio de la misma al hallarse privado de libertad provoca la carencia de ingresos".

Así, indica que esto tiene para ´Farruquito´, que ingresó en prisión el pasado 16 de enero, una "repercusión en el patrimonio que posee al encontrarse sometido a préstamos hipotecarios" de dos inmuebles, siendo uno de ellos su domicilio familiar. Además, recuerda que el bailaor también debe abonar las costas que ascienden a 8.645,98 euros, según la tasación efectuada tras la sentencia.

De este modo, explica que lo argumentado "revela un empeoramiento de la situación económica del condenado que debe hacer frente a diversos pagos con una evidente ausencia de los ingresos fundamentales de su economía", recordando que los mismos "derivan de su exclusiva actividad profesional, de imposible ejercicio en la actualidad".

Por todo ello, además de rebajar las multas impuesta por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial a 50 euros diarios durante un año, le da dos años para el abono de la misma, al ampliarle en doce meses el tiempo para su pago.

Por su parte, el abogado de la acusación particular, José Manuel Rosendo, explicó a Europa Press que la decisión de recurrir el auto se debe a que los razonamientos de la juez para rebajar las dos multas de 12 meses a razón de 100 euros diarios, impuestas por la sentencia, a 50 euros diarios "no se ajustan a la ley", por lo que ahora será la Audiencia la que tendrá que decidir si admite o no a trámite este recurso.

La defensa del bailaor efectuó la solicitud para rebajar la multa a principios del mes de noviembre amparándose en el artículo 51 del Código Penal, que recoge la rebaja de las multas si después de las sentencia el procesado empeorarse su fortuna.

LAS COSTAS IMPUGNADAS

Por otro lado, ´Farruquito´ debe abonar las costas que tras la sentencia fueron tasadas en 8.645,98 euros, cantidad que fue impugnada por su defensa ante el Juzgado de lo Penal número 8, en el capítulo referido a los honorarios de los peritos que a instancia de la acusación particular expusieron en el juicio la reconstrucción del accidente.

No obstante, la juez, en otro auto, ha desestimado dicha solicitud atendiendo a la "naturaleza procesal de la institución de las costas" en el proceso penal, cuyo fundamento "es el resarcimiento de los gastos indebidamente soportados por las partes perjudicadas en el proceso que debe ser resarcida de los gastos ocasionados por las conductas del penado"

LA SENTENCIA

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial le condenó el pasado 5 de septiembre de 2006 a tres años de prisión por el atropello de Benjamín Olalla, que tuvo lugar el 30 de septiembre de 2003. El fallo le impuso la pena de dos años de cárcel por homicidio imprudente en concurso con un delito contra la seguridad del tráfico, así como a la privación del permiso de conducir vehículos de motor y ciclomotores durante tres años y medio. Como indemnización estableció 102.483,55 euros para la viuda de la víctima, María Angeles Madero, y 8.275,30 para cada uno de los padres del fallecido.

La sentencia también le condenó a un año de prisión por un delito de omisión del deber de socorro, más multa de 12 meses con una cuota diaria de 100 euros. Además, se considera al artista autor por inducción de un delito de simulación de delito, por lo que se le impuso una pena de multa también de 12 meses con la misma cuota.

Con esta condena la Audiencia revocó así en parte la sentencia dictada el 29 de julio de 2005 por el Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla por la que se condenó al bailaor a 16 meses de prisión por ambos delitos.