El juez destaca en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, que el mantenimiento de los símbolos religiosos en este centro educativo conculcaría "derechos fundamentales" consagrados en los artículos 14 y 16.1 de la Constitución, referidos a la igualdad y la libertad de conciencia.

Al parecer, se trata de la primera sentencia que entra en el fondo de la cuestión reivindicada por la Asociación Cultural Escuela Laica de Valladolid, cuyo portavoz, Fernando Pastor, ha expresado a Efe su "alegría inmensa" por lo que considera "un triunfo de la higiene democrática" frente a una realidad "de otro tiempo, preconstitucional, basada en el nacional-catolicismo".

La sentencia alude a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que recuerda que "el Estado se prohíbe a sí mismo cualquier concurrencia, junto a los ciudadanos, en calidad de sujeto de actos o de actitudes de signo religioso" y alude a "la laicidad y neutralidad del Estado".