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Un interno de A Lama que exigía acceder a alimentos saludables pierde su batalla judicial

Sostiene que los que se venden en los economatos son de mala calidad y tienen azúcar pero la Audiencia Nacional considera que son lo suficientemente sanos y de marcas muy conocidas

Imagen del centro penitenciario de A Lama. // Gustavo Santos

Un interno que se encontraba en los centros penitenarios de Córdoba inicialmente y finalmente en el de A Lama en Pontevedra inició una batalla legal con el objeto de, a su juicio, salvaguardar su derecho a alimentarse de manera sana y saludable ante la negativa de la administración penitenciaria a que pudiera adquirir productos que él consideraba más saludables que los que se ofrecían en los economatos de los centros penitenciarios y a los que tenía acceso.

La Justicia tampoco le dio la razón, primero en sus quejas ante los juzgados de Vigilancia Penitenciaria y tampoco la Audiencia Nacional en una reciente resolución del pasado mes de julio.

Según el fallo, este interno de A Lama solicitaba que se estimase su queja y que se le permitiese la adquisición en el exterior de "productos ecológicos y saludables que no contienen azúcar". Afirma que los productos "similares que se venden en el economato son de muy mala calidad y todos tienen azúcar, por eso considera que se vulnera su derecho a la salud y a la tutela judicial efectiva" razón por la que considera que los autos de Vigilancia Penitenciaria en los que se le negaba esta posibilidad debían declararse nulos. El demandante reclamaba tener acesso a través del "demandero" de la prisión eran chocolate negro, cacao soluble, chocolate con frutos secos "todos ellos sin azúcar y aceite de oliva virgen extra".

Así las cosas, el caso llegó a requerir informes de los productos que se vendían en los centros penitenciarios por los que pasó el interno. Teniendo en cuenta que hay un único trabajador público que atieenden los encargos en el exterior de todos los internos del centro, el fallo explica que se prioriza la autorización de compra de productos "que no se venden en el Economato", como es el caso de ropa interior, calzado, prendas de vestir, artículos específicos de higiene personal o similiares avalados por los servicios médicos.

En los informes remitidos desde los centros penitenciarios al juzgado se indicó que entre los productos vendidos en el Economato de la prisión efectivamente se incluía chocolate con leche, con almendras, aceite de oliva y cacao solubre de marcas como Lacasa, Carbonell o Cola Cao. Así las cosas, la Audiencia Nacional concluye que "las consideraciones del interno sobre el carácter nocivo, poco saludable o la mala calidad de los productos vendidos en el economato no responden más que a criterios puramente subjetivos". "Los artículos vendidos en el Economato son de marcas de alimentación bien conocidas y los calificativos del interno tan solo responden a su gusto personal, sin que quede justificada su adquisición en el exterior del centro penitenciario", concluye.

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