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Necesario el ticket, el listado de viajes del Vía-T o la tarjeta de crédito como pruebas

Para poder reclamar es necesario que los afectados dispongan de algún documento, como el ticket, que demuestre que en su momento se realizó un viaje, o más, utilizando la AP-9.

"En la demanda se establece que se pueda probar que la persona ha pasado por ahí. Si tiene el Vía-T, con el listado de viajes, o si no, con la tarjeta de crédito. De alguna manera se necesita un mínimo de prueba", explica Ana Folgar, coordinadora de Adicae Galicia.

"La acción colectiva es el mecanismo procesal primordial, tanto por este tema como en los que se llevan a cabo contra la banca, porque reduce mucho los costes y porque es la acción que el derecho de los consumidores ofrece", subraya.

Para la devolución del dinero, se recurrirá a fórmulas específicas usadas habitualmente en este tipo de procedimientos y se pide que se ingrese en el mismo número de cuenta del que se retiró la cantidad.

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