La Audiencia Provincial de Pontevedra descarta el cierre del club Peinador en Mos por espacio de cinco años como solicitaba la Fiscalía. El juicio contra uno de los anteriores responsables del complejo hotelero, en el que según los policías nacionales que declararon el juicio se ejercía el alterne y la prostitución, se salda con su absolución, así como de la propia empresa Josmifran, que aparecía como responsable civil subsidiaria.

El antiguo administrador de la empresa, B.D.M.S., se enfrentaba a una petición de 3 años de cárcel por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores, por tener en el local a 41 trabajadores de las que tan solo 13 estaban dadas de alta en la Seguridad Social. En su mayor parte, las personas sin dar de alta serían mujeres que fueron identificadas en el local realizando funciones de alterne. Sin embargo, la Audiencia ya no llega a valorar si estas mujeres tenían o no una relación laboral con la empresa al entender que no hay delito, pues según las sentencias obrantes en la causa del juzgado de lo Social se habría demostrado que cuatro de ellas no tenían relación laboral alguna con la firma y que el número de trabajadores dados de alta en la Seguridad Social asciende a 28 y no a trece, de tal forma que el número de trabajadores de la firma sería 51 y no los 41 que cifra el Ministerio Fiscal y que el número de empleados sin dar de alta sería de 24, por lo que no alcanza el porcentaje de 50% de la plantilla sin dar de alta que se exige para que haya un delito contra los derechos de los trabajadores. Por lo tanto, procede a la absolución del acusado y de la empresa sin atender tampoco a la petición de cierre que realiza el fiscal. Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación.

En el juicio, varias de las mujeres que fueron identificadas por la Policía negaron tener relación laboral alguna con la empresa y dijeron ser, simplemente, clientas que se encontraban hospedadas en el establecimiento.