¿Se imaginan a un vendedor ambulante de Pontevedra contribuyendo a engrosar las arcas de algunos de los clubs más poderosos del fútbol español y gallego? Pues esto es lo que decidió en una sentencia del pasado mes de abril el juzgado de lo Penal 2 de Pontevedra en un fallo en el que obligaba a este vendedor pontevedrés, nacido en Senegal, a indemnizar en más de catorce mil euros al F. C. Barcelona, al Real Madrid, al Atlético de Madrid, al Deportivo y al Celta por los perjuicios causados a estos clubes y a las marcas que los visten por la venta de ropa deportiva falsificada en el mercadillo de las fiestas de la Peregrina de 2017.

Ante la total disconformidad de la defensa del acusado ante semejante decisión, el abogado de este vendedor apeló ante la Audiencia Provincial, cuya Sección Segunda corrigió el fallo y determinó, en una sentencia dictada en octubre, que los clubes no llegaron a sufrir perjuicio económico alguno por la acción de este vendedor, por lo que consideró suficiente la destrucción del material falso incautado para zanjar el caso.

En las fiestas de A Peregrina

Aún así, durante varios meses, este ambulante vivió pendiente de si tenía que solventar o no esta deuda con estos grandes del fútbol español. Aquella sentencia inicial del juzgado de lo Penal 2 de Pontevedra establecía que el 17 de agosto de 2017 el acusado se disponía a instalar su puesto en el mercadillo de la Alameda de Pontevedra con motivo de las fiestas de A Peregrina.

Allí fue sorprendido por los agentes de la Policía Local de Pontevedra cuando accedía al lugar con una furgoneta en la que transportaba "varias cajas y bolsas llenas de zapatillas deportivas y camisetas de diversos equipos de fútbol con el objeto de ponerlos a la venta al público en general". En concreto, portaba objetos con la marca Adidas (25 pares de zapatillas, 29 camisetas del Real Madrid, 25 del Celta, 14 del Manchester United, 23 del Bayern de Munich, 28 de la Juventus y 11 de varios equipos de la NBA), con la marca Nike (con 44 equipaciones del Barça, 9 del Atlético de Madrid y 6 del PSG, además de zapatillas), de la marca Reebok (13 zapatillas) y de la marca Macron (incluyendo 24 camisetas y otros tantos pantalones del Deportivo). Todas estas camisetas eran imitaciones que en muchos casos presentaban diferencias "notables" con las auténticas, así como de inferior calidad.

El fallo del juzgado de lo Penal entendía que el acusado era autor de un delito contra la propiedad industrial y lo condenaba a medio año de prisión. Pero es que, además, consideraba que con su actuación había causado perjuicios a las marcas antes citadas por valor de 8.469 euros en el caso de Adidas, 585 a Reebok, y también a Nike en una cantidad que se debería determinar en ejecución de sentencia. El fallo no se quedaba ahí y consideraba que este vendedor ambulante debería indemnizar también a los clubs por el "perjuicio causado". Le obligaba así a abonar 3.360 euros al Barcelona, 703 euros al Deportivo y 913 euros al Real Madrid. También se le condenaba a indemnizar al Atlético de Madrid y Celta en las cantidades que resultasen acreditadas en ejecución de sentencia.

Se libra de pagar

Tras el recurso presentado ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, este tribunal corrigió el fallo del juzgado de lo Penal y matizó que "consta que las camisetas y zapatillas imitadas y falsas fueron intervenidas antes de ser introducidas en el comercio al que estaban dirigidos de forma inequívoca, sin llegar a producirse su venta, por lo que no se ha producido ningún perjuicio efectivo para los titulares de los derechos de exclusividad de la marca infringidos". Indican que la "sola falsificación, si esta no llega a ser introducida en el mercado minorista al que está dirigida, no se enlaza con ningún tipo de perjuicio que haya de ser reparado en sede jurisdiccional", por lo que considera que la reparación civil de estos hechos se satisface con la destrucción de los objetos incautados o su cesión con fines humanitarios. Por lo tanto, además de rebajar la pena a tres meses de prisión por un delito en grado de tentativa, considera que no es necesario ningún tipo de reparación en materia de responsabilidad civil.