La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a una pena de 18 años y medio de prisión a Marcos Vidal González como autor del delito de asesinato con alevosía y ensañamiento de Manuel Ángel Rivas Muiños. Además, el fallo incluye una pena de alejamiento de 23 años de alejamiento con respecto a la viuda de Manuel Ángel, Sandra M. A., así como 8 años de libertad vigilada una vez finalizada las penas privativas de libertad.

El fallo recoge, tal y como se había declarado probado por parte del jurado popular, que el acusado Marcos Vidal González mantuvo una "relación sentimental intermitente" con Sandra M.A. y que el 28 de noviembre de 2015 acudió al domicilio de esta en Ponte Caldelas y allí dio muerte al marido de esta mujer, Manuel Ángel, asestándole múltiples puñaladas. El tribunal, a la hora de imponer la pena tiene en cuenta los agravantes de abuso de superioridad y ensañamiento, así como las atenuantes de confesión y de dilaciones indebidas.

En cuanto al ensañamiento, la sentencia recoge que las múltiples puñaladas que recibió la víctima no solo le causaron la muerte sino que "han aumentado el dolor y la angustia siendo estas innecesarias para el fin pretendido por el autor". También subraya el hecho de que Marcos Vidal hubiera tomado una fotografía a Manuel Ángel cuando agonizaba para enviársela a Sandra, en lo que el fallo considera un acto "cruel e innecesario".

En materia de responsabilidad civil, el tribunal decide que el acusado deba indemnizar a los padres de la víctima con 40.000 euros para cada uno de ellos, por los daños morales causados, así como a la viuda, Sandra M. A., en 30.000 euros. La Sección Cuarta entiende proporcionada esta cantidad dado que, si bien no "cabe considerar acreditado que se hubiera producido una separación de hecho" entre ella y el fallecido, "tampoco resulta que entre la víctima y Sandra se mantuvieran unas relaciones normalizadas".

Al término del juicio, tanto el abogado de la acusación particular que ejercen los padres de la víctima, Andrés Malvar; como el del acusado, Diego Reboredo; habían solicitado al tribunal que dedujese testimonio contra la viuda, Sandra M. A., al considerar que mintió al negar que hubiera mantenido una relación sentimental con Marcos. Asimismo, la acusación particular también solicitaba el alzamiento del sobreseimiento provisional dictado por la posible participación de Sandra M. A. en los hechos por un posible delito de asesinato. Sin embargo, el tribunal rechaza ambas peticiones "sin perjuicio de las acciones que puedan corresponder a las partes".

El fallo puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.