La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Concello de Marín contra una sentencia que daba la razón a la empresa de recogida de basura Urbaser S.A., por unas multas impuestas por la autoridad municipal.

En diciembre de 2016, la titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo 3 de Pontevedra dictó una sentencia que declaraba que "Estimo el recurso contencioso-administrativo seguido ante este juzgado (...) a instancia de Urbaser S.A., frente al Concello de Marín, contra su resolución plenaria de 27 de mayo de 2014, que acuerda imponerle a la empresa una multa por importe global de 180.000 euros, resultado de sumar dos sanciones de 40.000 euros y de 140.000 euros respectivamente, al considerar autora de dos infracciones graves a sus obligaciones en el curso de la ejecución del contrato suscrito por ella para la recogida de basuras con dicho ente local". Esta sentencia declaraba dicha resolución "no conforme a derecho, con condena en costas a cargo del Concello de Marín".

La multa se basaba en unos supuestos incumplimientos del contrato en el servicio de recogida de basura y limpieza. La sentencia expone que para verificarse dichos incumplimientos deberían haberse concretado de forma específica las obligaciones que el Concello entiende desatendidas.

El ayuntamiento de Marín interpuso recurso de apelación contra dicha resolución judicial y ahora el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado la pretensión del Concello de Marín, con imposición del pago de las costas procesales al propio ayuntamiento.

El fallo, dictado el pasado 1 de julio, indica que contra esta sentencia cabe interponer, bien ante el Tribunal Supremo, bien ante la correspondiente Sección de esta Sala del TSXG, el recurso de casación.