La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra, de acuerdo con el veredicto del Tribunal del Jurado, ha condenado a 17 años de cárcel como autor de un delito de asesinato y de otro de intento de homicidio al hombre que mató a su vecino con una desbrozadora en junio de 2017 en A Cañiza, José Luis Vieitez, y que trató de acabar con la vida de la hija de la víctima, José Carlos Álvarez. A la hora de dictar la pena, la Audiencia ha aplicado una eximente incompleta por considerar acreditado que el sospechoso sufría una “limitación parcial de las capacidades psíquicas” cuando cometió los hechos. El imputado también fue sentenciado a indemnizar a la hija del fallecido con 300.000 euros; y, a la mujer, con 150.000 euros, al igual que a su hijo.

El fallo indica que el acusado y su vecino mantenían “muy malas relaciones por conflictos de lindes y el uso de un camino que derivaron en denuncias mutuas”. El día de los hechos, el condenado se encontraba con una desbrozadora encendida en el camino por el que mantenían disputas y que pasa por delante de la casa de las víctimas. Sus dos vecinos, padre e hija, salieron de su portal para ir a su cuadra y se dirigieron hacia él. En ese momento, atacó a su vecino con la desbrozadora y, después, a la joven, según informó esta mañana el TSXG. El Tribunal del Jurado considera que el fallecido "no tuvo capacidad de defensa, pero sí su hija, quien sufre graves secuelas".

Se le imponen trece años por el delito de asesinato y cuatro más por el de homicidio en grado de tentativa, según la sentencia que trascendió esta mañana.

El jurado destaca que el condenado tiene "un coeficiente intelectual límite" y que había estado a tratamiento psicológico y psiquiátrico por trastorno ansioso depresivo. Además, señala que sufre, como consecuencia "de la sostenida situación de hostilidad y conflicto con su vecino, así como de la agresión que sufrió por parte de este en el 2015, un trastorno postraumático que no estaba diagnosticado, pero que le hacía sentir miedo de su vecino".

Por ello, según la sentencia, "percibió su presencia y la de su hija como una amenaza y revivió el trauma con un estallido de miedo y agresividad que le llevó a reaccionar contra ellos teniendo sus capacidades mentales parcialmente disminuidas, de forma severa la capacidad para controlar sus impulsos y de forma moderada la capacidad para percibir la realidad y actuar en consecuencia”.