Que se anule la prórroga de la concesión y cese inmediatamente la actividad de la fábrica, que esta se mantenga con un límite máximo de dos décadas o que finalmente se mantenga la autorización para que Ence siga en su actual emplazamiento hasta 2073, que es la situación en vigor actualmente. Estos son los tres escenarios que se plantean las distintas partes implicadas en el procedimiento judicial abierto en torno a Ence y que, en todo caso, no será definitivo hasta que exista una sentencia firme y se agoten todas las posibilidades de recurso, tanto ordinarios como extraordinarios, como ya adelantan todas las partes.

Tras el allanamiento del Estado en los recursos interpuestos por Concello, APDR y Greenpeace, sobre la prórroga de 60 años concedida a Ence; es decir, su renuncia a defender la legalidad de esta decisión administrativa y su adhesión a las testis de los demandantes, las partes tienen 5 días para formular alegaciones contra esta decisión. La empresa no tardó en definir su postura ante la Audiencia Nacional. En su respuesta al allanamiento por parte de la Abogacía del Estado se señala que no existe ninguna circunstancia conocida por la empresa o comunicada por el Ministerio que "motive o justifique" dicho cambio de postura. Considera que este cambio de criterio es "contrario a la buena fe procesal" y que constituye "un fraude de ley" que además es lesivo para los "derechos consolidados de Ence". El juzgado, en base a estas alegaciones, deberá decidir en un espacio de tiempo relativamente corto si acepta o no el allanamiento de la administración. Ence defiende que debe ser rechazado. La empresa defiende que el cambio es "arbitrario", que la prórroga se ajusta a derecho y que, por tanto, Ence debe seguir hasta 2073 en Lourizán.

75 años como máximo

La segunda fecha, la del año 2033 como posible límite máximo para una prórroga la concesión de Ence, surge de la lectura del propio documento de allanamiento remitido a la Audiencia Nacional por la Abogacía del Estado. En él, la administración analiza el plazo máximo de las concesiones en terrenos de dominio público, señalando que la ley establece que no pueden ser superiores a 75 años. En este sentido, echa mano de un dictamen del Consejo de Estado en el que se establece que la prórroga no puede ser entendida como un nuevo plazo máximo a sumar al propio inicial de la concesión, por lo que la prórroga de 65 años concedida en 2016 "no sería conforme a derecho" al superar en su conjunto este tope máximo de 75 años sumados a la anterior concesión, que data de 1958. Esto es al menos lo que considera la APDR, por ejemplo, que señala que esta decisión de la Abogacía del Estado podría permitir a Ence continuar en Lourizán hasta 2033.

Con todo, el texto de la Abogacía del Estado, expone un segundo argumento para poner en cuestión la prórroga a Ence. Asegura que se podrán conceder a aquellas actividades que, por sus características "no pueda tener otra ubicación" y se señala que en la orden ministerial de enero de 2016 que concede la prórroga "no queda justificado que la ubicación de la mercantil no pueda tener otro emplazamiento", por lo que "no sería conforme con el régimen normativo aplicable". En este caso, fuentes de Ence insisten en que a lo largo del procedimiento por parte de la empresa sí se aportó documentación que demostraría la inviabilidad e imposibilidad de un traslado.

En cualquier caso, tanto el Concello como la APDR insisten en que hay más motivos que justifican un cese inmediato y que también fueron argumentados en sus recursos ante la Audiencia Nacional, a los que los tribunales tendrán que dar respuesta.