La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de dictar una sentencia en la que reconoce el derecho de una esposa a ser indemnizada, mujer a cuyo marido se le practicó una vasectomía por error en el hospital Miguel Domínguez de Pontevedra en marzo de 2013.

Este caso ya saltó a los medios en octubre de 2017 cuando se dirimió un litigio por la vía penal por parte de este afectado y que se resolvió con una condena de medio año de prisión y otro medio de inhabilitación que impuso la Audiencia Provincial de Pontevedra al urólogo que practicó esta operación. El paciente llegó a este hospital concertado tras ser derivado por el Sergas para realizarse una circuncisión, pero por una equivocación se le practicó una vasectomía. Además de las penas ya referidas, ya se estableció una indemnización de 15.429 euros para el afectado, a quien se le revertió la operación, pero que alega un descenso en la calidad de su semen.

Además de esta vía penal, el afectado y su mujer interpusieron un recurso en el ámbito de lo Contencioso-Administrativo en el que se solicitaba una mayor indemnización para él (de 100.000 euros) así como una indemnización para su mujer (de una cantidad similar).

El TSXG desestima indemnizar al afectado, pero sí estima parcialmente el recurso en lo que respecta a su mujer al entender que sí tiene derecho a ser compensada por estos hechos. Fija para ella una indemnización por los gastos que pueda generar su sometimiento a la técnica de reproducción "in vitro" y que limita a 20.000 euros y reconoce el derecho a percibir cinco mil euros a cargo del Sergas en concepto de daño moral.

El Sergas negaba la condición de perjudicada de la esposa por las lesiones sufridas por su marido, pero el fallo concluye que "su condición de perjudicada no se puede negar desde el momento en que la impotencia del esposo derivada de la vasectomía afecta al derecho de autodeterminación respecto a la planificación familiar que pertenece a ambos esposos".