Primero la presión de los ecologistas situó en el disparadero a los tradicionales campeonatos de tiro de pichón de la Illa da Toxa. Después la obligatoridad de suprimir el plomo y usar munición ecológica hirió de muerte a este evento. Y la puntilla le llegó con la nueva ley contra el maltrato animal. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra ha rechazado el recurso presentado por las federaciones española y gallega de caza contra la resolución de la Subdelegación del Gobierno que prohibía el campeonato a disputar el verano pasado.

Básicamente puede decirse que la nueva ley contra el maltrato animal impide la disputa de este evento, ya que a diferencia de lo que sucedía con la legislación anterior no hace una excepción expresa para permitir tales tiradas. La ley autonómica de protección y bienestar de los animales de compañía que entró en vigor en octubre de 2017 derogó la anterior, en la que se permitía excepcionalmente a la Xunta autorizar, bajo el control de la respectiva federación, la celebración de competiciones de tiro al pichón.

Pero el año pasado ya no pudo hacerse así, las tiradas no recibieron permiso y la Real Federación Española de Tiro a Vuelo y la Federación Gallega de Tiro ao Voo presentaron el recurso aludido y pidieron ser indemnizadas.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo se opuso dejando claro que en Galicia los torneos de tiro de pichón "no resultan autorizables" porque, como se explicaba anteriormente, en la nueva ley no se incluyó una excepción para las tiradas de pichón, a diferencia de lo que sucede con los encierros y espectáculos taurinos como los que se celebran en Valga.

En la sentencia se advierte de que la norma no solo se refiere a los animales domésticos, sino también a los "silvestres mantenidos en cautividad con fines distintos de los productivos, a los que prohibe matar en actividades deportivas o recreativas. Así las cosas, se explica que los pichones utilizados cada año en A Toxa son calificables como animales silvestres.

La explicación es que "viven y se reproducen en libertad en el medio natural", aunque "son capturados y alimentados durante varios días en cautividad en instalaciones de tipo industrial, manteniéndose en jaulas hasta el momento mismo de inicio de la competición deportiva".

El magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso subraya, al hilo de esto, que "no es una actividad productiva, ya que su finalidad principal no es la de generar alimentos o uso industrial, sino la recreativa y deportiva".

Tampoco pueden considerarse las tiradas de A Toxa como una práctica cinegética, ya que se emplean "animales en situación inicial de cautividad, que al ser disparados en el momento mismo de su liberación carecen de la posibilidad de preocultamiento característica de los lances de caza".

Tras prohibirse las tiradas en A Toxa el campeonato se trasladó a una localidad madrileña, según se hizo constar en el propio procedimiento judicial.