El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) rechazó, con un voto particular en contra, el recurso de un condenado de O Morrazo a dos años de cárcel por abusar de la sobrina de la que era su pareja sentimental en mayo de 2016, cuando la menor tenía 8 años.

Según la sentencia, el acusado cometió los hechos cuando se encontraban solos en una vivienda de esta comarca a la que trasladó a la niña, el 10 de mayo de 2016, desde la casa de la abuela paterna con la excusa de invitarla a comer. Ya en la casa y según la sentencia, el condenado se sentó vestido encima de la cama y empezó a jugar "al caballito" con la menor en sus piernas, según declaró la niña, en una situación que generó en un delito de abuso sexual con tocamientos por parte del hombre y la propuesta de ver una revista pornográfica juntos para mostrarle cómo las personas mantenían relaciones sexuales.

La Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal gallego desestimó las alegaciones de la defensa, por considerar que la sentencia emitida por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra el 29 de diciembre de 2017, se apoya "en la prueba testifical". Los magistrados rechazan que el acusado viese debilitado su derecho de defensa, ya que recuerdan que el propio abogado pudo "interrogar a cuantos refirieron en las declaraciones de la menor". Además, los jueces niegan que el fallo se apoye exclusivamente en unos informes médicos, como sostuvo el recurrente.

La sala también avaló que la menor declarara por videoconferencia. "El acusado simplemente se limitó a cuestionar la adopción del medio a través del cual se llevó a cabo la introducción del testimonio de la menor, al margen de cualquier irregularidad que en el desarrollo de la misma se pudiera producir", tal y como argumentan los magistrados en el fallo.