Por unanimidad del jurado popular, Constante Sánchez y José Manuel González fueron declarados culpables de la muerte violenta de Pilar Fernández Otero, una vecina de Lérez de 87 años, durante un asalto ocurrido en la vivienda de la víctima en el lugar de Ramallás el 30 de julio de 2016. Tras la lectura del veredicto, la Fiscalía Provincial de Pontevedra mantuvo su petición de condena de 15 años de prisión como culpables de un delito de homicidio y otro de robo con violencia. Únicamente retiró la acusación del hurto de unas gafas y un mando a distancia de un vehículo robado, con el que se desplazaron los acusados, porque el jurado no consideró probado este hecho.

Las defensas de ambos acusados se declararon conformes con la pena solicitada. Pese a este acuerdo de todas las partes, la jueza no declaró la sentencia en la sala.

Todos los miembros del jurado (con solo un voto discrepante en algunas de las cuestiones juzgadas en esta sucesión de delitos) votaron a favor de la condena por homicidio. Hubo unanimidad a la hora de apreciar las circunstancias atenuantes de drogadicción y confesión de los procesados.

Tras varias horas de deliberación del jurado popular, en esta tercera y última jornada del juicio, la Fiscalía mantuvo la pena para ambos de 15 años, frente a los 28 años y 6 meses que solicitaba inicialmente porque tipificaba los hechos como un asesinato.

En una sesión previa, la fiscal accedió a rebajar su petición al considerar acreditada la condición de drogadictos de los dos encausados, además de apreciar la atenuante de confesión, después de que durante el juicio ambos reconocieran ser los autores del asalto a la vivienda y de la agresión a la anciana, de lo que se declararon arrepentidos.

Con la nueva propuesta de la fiscal -aceptada por las defensas de los acusados-, serían condenados a 11 años y medio de prisión por un delito de homicidio con el agravante de abuso de superioridad y disfraz, dado que los agresores se taparon el rostro con un pañuelo para evitar ser reconocidos durante el asalto.

A esta pena añade otros tres años y medio por un delito de robo con violencia, además de trabajos en beneficio de la comunidad, por un delito de hurto por la sustracción de las joyas y por el robo del coche que emplearon para llegar hasta la vivienda.

El jurado no consideró probado que los autores robasen de este vehículo unas gafas y un mando a distancia, por la que la fiscal redujo la pena que supondría este acto, que sería una pena de multa de seis euros durante dos meses, por hurto.

En el ámbito de la responsabilidad civil, la Fiscalía solicita indemnizaciones de algo menos de 1.300 euros para el propietario del vehículo con el que realizaron el asalto, 25.000 euros para cada uno de los dos hijos de la víctima, los 35 euros robados en la vivienda, así como una indemnización al Sergas de algo más de 35.000 euros, más los intereses de demora, por los gastos generados durante la convalecencia de la víctima.