El documento deja clara, de entrada, la necesidad de reducir edificabilidad por razones ambientales y paisajísticas. Así, dice que la "inejecución de la modificación (en trámite) supondrá la realización de los planes parciales que ya se encuentran en marcha, que están urbanizados parcialmente y que en su día el POL exclusión de su ámbito de actuación por contar con instrumento de gestión aprobado. Muchos de ellos tienen densidades excesivas y suponen una alteración grave del borde litoral concentrando numerosas edificaciones en la primera línea de costa, produciendo apantallamientos y grandes impactos paisajísticos". El objetivo es "una mejora ambiental y paisajística, mayor contención y un uso sostenible de los recursos".