Diversos agentes de la Guardia Civil de la provincia, adscritos a la Comandancia de Pontevedra, han visto reconocido en los tribunales su derecho a ejercer una segunda actividad profesional al margen de la actividad en el Cuerpo, siempre que se realice fuera del horario laboral y no afecte al funcionamiento de la Guardia Civil.

En los últimos meses, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha analizado al menos cuatro casos en los que anuló las prohibiciones de compatibilidad dictadas por el Ministerio del Interior y ha permitido a otros tantos agentes ejercer labores administrativas, la actividad de comercial de seguros, como piloto privado de drones para uso comercial e incluso actuar de abogado como agente colaborador de artistas profesionales.

Los agentes formaban parte, en el momento en que pidieron la compatibilidad, del GRS número 7 de Pontevedra, el Seprona de Vilagarcía o los puestos de Sanxenxo y A Estrada.

En el caso del agente colaborador con artistas, se detalla que "la compatibilidad solicitada puede reconocerse, pero siempre con estricto cumplimiento de los deberes de su puesto como guardia civil, sin que pueda afectar a su horario o jornada y sin que pueda actuar en asuntos relacionados con las actividades del Cuerpo".

Estas limitaciones se aplican en todos los casos, con referencia en algunos de ellos al significado de la "plena dedicación", con advertencias en otros a la obligación de los implicados de "cumplir de manera escrupulosa sus funciones". También se aportan detalles sobre los complementos salariales.