Aunque la ordenanza municipal ya está plenamente vigente y deben cumplirse todas sus exigencias, algunos de sus apartados se vinculan a la nueva ley gallega de espectáculos públicos, que fue publicada el 5 de enero y que entra en vigor seis meses después, es decir, el próximo 5 de julio.

Según explican fuentes municipales, la mayor parte de los ajustes se centran en aspectos administrativos. Así, la propia ordenanza indica que la licencia se otorgará de acuerdo con esa normativa gallega, junto con otros regulaciones y también será esa ley la que determine en última instancia, la documentación exigida, si bien la ordenanza ya establece muchas de esas condiciones, desde la licencia de apertura, la referencia catastral, fotografías, un seguro de responsabilidad civil y otros requisitos.

Otro de los apartados que puede registran alguna variación es el relativo a las infracciones y sanciones por el incumplimiento de la ordenanza. La norma municipal detalla multas de 300 a 750 euros para las infracciones leves, de 751 a 1.500 por las graves y de 1.501 a 3.000 por las muy graves. En cambio, la ley gallega de espectáculos públicos varia notablemente esas cuantías. Las leves llegarían a 300 euros, pero las graves pasarían a un abanico entre 301 y 30.000, mientras que las muy graves pueden llegar a 600.000 euros.